Inversiones Tagua Libre Limitada
Instrumento
- Fecha
- 26 de junio de 2024
- Notario
- Verónica Isabel González Dávila
- Oficio
- Titular de la 38° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVerónica Isabel González Dávila, Notario Público Suplente de la Titular de la 38° Notaría de Santiago, de doña María Soledad Lascar Merino, con oficio en Santiago, calle Miraflores N°178, quinto piso, certifico que, por escritura pública de fecha 26 de junio de 2024, ante mí, don José Francisco Larraín Montes y doña María Jesús Massai Frindt, ambos domiciliados en Camino Padre Hurtado, SN, condominio San Juan Palpi, parcela N°10, comuna de Paine, constituyeron la sociedad denominada Inversiones Tagua Libre Limitada, que tendrá su domicilio en Santiago, y cuyo objeto será la adquisición, con fines rentísticos, de todo tipo de bienes, sean bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, participaciones sociales y cualesquiera otros bienes, y la conservación y administración de estos, con miras a la percepción de sus frutos naturales o civiles. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto incluso sociedades, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don José Francisco Larraín Montes, quien representará a la sociedad con todas las facultades indicadas en la cláusula undécima de los estatutos sociales. En caso de ausencia, impedimento o fallecimiento, hecho que no será necesario acreditar ante terceros, la administración le corresponderá con iguales facultades a doña María Jesús Massai Frindt. El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, que los socios enteran en este acto y en dinero efectivo, como sigue: a) don José Francisco Larraín Montes, $800.000; y b) doña María Jesús Massai Frindt, $200.000. La sociedad rige desde esta fecha y durará hasta el 31 de diciembre del año 2034, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. Santiago,5 de julio de julio de 2024.