MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA LA ROSA LIMITADA

RUT 76363533-3 CVE 2517810
Capital
$28.000.000 CLP
Fecha instrumento
19 de agosto de 2013
Notaría
Chillán

Instrumento

Fecha
19 de agosto de 2013
Comuna
Chillán

Sociedad

Capital
$28.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS EDUARDO ÁLVAREZ DÍAZ, Notario Titular Cuarta Notaría Chillán, El Roble 515, Chillán, certifico: Por escritura pública hoy, ante mí, don ROLANDO JULIO SANHUEZA LARRAÑAGA, don PATRICIO ALEJANDRO SANHUEZA BRAEKER, don FELIPE ANDRES SANHUEZA SANDOVAL, y doña CAROLINA BELEN SANHUEZA BRAEKER, todos domiciliados en calle 18 de Septiembre 870, Chillán; modificaron sociedad “INMOBILIARIA LA ROSA LIMITADA”, la cual fue constituida por escritura pública otorgada ante el Notario de Chillán don Joaquín Tejos Henríquez, de fecha 19 de agosto del año 2013, inscrita fojas 624 número 695 del Registro de Comercio del año 2013 del Conservador de Bienes Raíces de Chillán, modificada por escritura pública de fecha 16 de diciembre de 2016, otorgada ante el notario de Chillán don Francisco Yaber Lozano, inscrita a fojas 768 vuelta número 629 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Chillán del año 2016 y modificada por escritura pública de fecha 26 de Agosto del año 2019, otorgada ante mí, la cual se inscribió a fojas 541 número 376 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Chillán del año 2019; RUT: 76.363.533-3 con un capital de $28.000.000.- Nueva Modificación consiste: El socio don FELIPE ANDRES SANHUEZA SANDOVAL, vende, cede y transfiere a don ROLANDO JULIO SANHUEZA LARRAÑAGA, quien compra, acepta y adquiere para sí el 100% por ciento de los derechos y haberes que a la cedente le corresponden en la sociedad “INMOBILIARIA LA ROSA LIMITADA”, y que equivalen al 29% del haber social, por el precio de $20.000.000, pagados contado.- En virtud de lo anterior la sociedad “INMOBILIARIA LA ROSA LIMITADA”, queda conformada por don ROLANDO JULIO SANHUEZA LARRAÑAGA, titular de un 42% de los derechos y haberes de la sociedad, por don PATRICIO ALEJANDRO SANHUEZA BRAEKER, titular de un 29% de los derechos y haberes en la sociedad y por doña CAROLINA BELEN SANHUEZA BRAEKER, titular de un 29%, de participación en el capital, derechos y haberes de la sociedad, quienes modifican cláusula quinta pacto social primitivo y su posterior modificación en el sentido que la administración, representación y uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio don ROLANDO JULIO SANHUEZA LARRAÑAGA, con las mismas facultades señaladas en escritura de constitución social y en caso de su fallecimiento le corresponderá a doña CAROLINA BELEN SANHUEZA BRAEKER.- En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes estipulaciones pacto social constitutivo y sus posteriores modificaciones.- Otras estipulaciones en escritura extractada.- Chillán, 17 de junio de 2024.-