Instrumento
- Fecha
- 4 de julio de 2024
- Notario
- DORA SILVA LETELIER
- Oficio
- Primera Notaría de La Florida
- Comuna
- La Florida
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago.- Balance: Al 31 de diciembre de cada año
- Duración
- Indefinida
Administración
Los accionistas nombraron en el acto de la constitución en el cargo de Administrador a don SERGIO ERNESTO HERNANDEZ MUÑOZ, quien anteponiendo a su firma la razón social, representara a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo obligarla y vincularla eficazmente en toda clase de hechos, actos, contratos, convenciones, tramites, comparecencias, peticiones, reclamos, recursos, impugnaciones, oposiciones, propuestas y demandas, con y respecto de toda clase de personas naturales o jurídicas, autoridades, servicios públicos, funcionarios públicos y municipales, entes, organismos, tribunales, árbitros, instituciones municipales, comunidades, empresas, sociedades de hechos, sociedades, corporaciones, fundaciones y ante el Estado, el Fisco y el Banco Central de Chile y con las más amplias facultades incluidas en el artículo décimo segunda, de la escritura de constitución. El Capital Social asciende a la suma de $1.000.000, dividido en 1000 acciones, sin valor nominal, que son pagados en el acto de constitución, en dinero efectivo, ingresándolos a la caja social
Personas y entidades (4)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| SERGIO ERNESTO HERNANDEZ MUÑOZ | socio | 8034028-1 | — | — | |
| ELENA MARGARITA TORRES VILLAGRA | socio | 7571935-3 | — | — | |
| DANIELA LORETO HERNANDEZ TORRES | socio | 15931319-0 | — | — | |
| SERGIO EDUARDO HERNANDEZ TORRES | socio | 14156876-0 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDORA SILVA LETELIER, Notario Público de la Primera Notaría de La Florida, y Oficio en Avenida Vicuña Mackenna Poniente Nº7131, certifico que: por escritura de hoy, otorgada ante mí, don SERGIO ERNESTO HERNANDEZ MUÑOZ, CIN°8.034.028-1; doña ELENA MARGARITA TORRES VILLAGRA, CIN°7.571.935-3; doña DANIELA LORETO HERNANDEZ TORRES, CIN°15.931.319-0; todos domiciliados en calle Las Diademas Sur N°18.826, comuna Maipú, Región Metropolitana; y don SERGIO EDUARDO HERNANDEZ TORRES, CIN°14.156.876-0, domiciliado en Camino Loreto N°1601, parcela 6, comuna Talagante, de paso en ésta, Región Metropolitana; constituyeron una Sociedad por Acciones, cuya razón social será “INVERSIONES EGAM SpA”.- El Objeto social pactado es: “La renta de inversiones mobiliarias, en especial acciones, derechos sociales, bonos, cuotas de fondos mutuos y títulos de valores en general; la inversión en inmuebles no amoblados y la renta de estos mismos. Asimismo, la sociedad podrá dedicarse a otros negocios o actividades de cualquier índole relacionadas con inversiones que los socios determinen, tanto en el país como en el extranjero”.- La Administración: Los accionistas nombraron en el acto de la constitución en el cargo de Administrador a don SERGIO ERNESTO HERNANDEZ MUÑOZ, quien anteponiendo a su firma la razón social, representara a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo obligarla y vincularla eficazmente en toda clase de hechos, actos, contratos, convenciones, tramites, comparecencias, peticiones, reclamos, recursos, impugnaciones, oposiciones, propuestas y demandas, con y respecto de toda clase de personas naturales o jurídicas, autoridades, servicios públicos, funcionarios públicos y municipales, entes, organismos, tribunales, árbitros, instituciones municipales, comunidades, empresas, sociedades de hechos, sociedades, corporaciones, fundaciones y ante el Estado, el Fisco y el Banco Central de Chile y con las más amplias facultades incluidas en el artículo décimo segunda, de la escritura de constitución. El Capital Social asciende a la suma de $1.000.000, dividido en 1000 acciones, sin valor nominal, que son pagados en el acto de constitución, en dinero efectivo, ingresándolos a la caja social. Domicilio: Santiago.- Balance: Al 31 de diciembre de cada año. Vigencia: Indefinida. Demás cláusulas contenida en escritura extractada.- LA FLORIDA, 04 de Julio de 2024.-