HERNÁNDEZ Y NAZAL DISEÑADORES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de junio de 2024
- Notario
- JUAN FRANCISCO ALAMOS OVEJERO
- Oficio
- 45° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- Su domicilio será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero, según escritura extractada
- Duración
- La duración de la sociedad será de cinco años contados desde esta fecha, plazo que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, a menos que uno cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle término a la expiración del plazo original o de alguna cualquiera de sus prórrogas, mediante declaración efectuada por escritura pública, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con a lo menos tres meses de anticipación a la fecha prevista para la expiración de la sociedad, según escritura extractada
- Ley aplicable
- Ley 3918
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto exclusivo: a) La prestación de servicios profesionales de diseño y consultoría técnica, al igual que el desarrollo de toda clase de proyectos para entidades públicas y privadas; b) La prestación de toda clase de servicios profesionales relacionados directa o indirectamente con las profesiones de Diseño industrial y gráfico, y cualquier otro tipo de asesorías o desarrollo de proyectos de esta naturaleza, directamente por sus socios o a través de terceros, según escritura extractada; Administración y uso
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN FRANCISCO ALAMOS OVEJERO, Notario Público Interino de la 45° Notaría de Santiago, con domicilio en Huérfanos número 979, piso 7, Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 04 de junio de 2024, ante mí, Don DANIEL ENRIQUE HERNÁNDEZ SÁNCHEZ, quien declara ser chileno, casado y separado totalmente de bienes, diseñador, cédula nacional de identidad número quince millones seiscientos treinta y tres mil seiscientos setenta y dos guion seis, y Doña PAULA SOFÍA NAZAL SELAIVE, quien declara ser chilena, casada y separada totalmente de bienes, diseñadora, cédula nacional de identidad número dieciséis millones seiscientos cincuenta mil ciento veinte guion dos, ambos domiciliados en calle Alberto Decombe mil ciento veintiuno, comuna de Providencia, Santiago, Región Metropolitana, constituyeron sociedad responsabilidad limitada regida estatutos, Ley 3918 y disposiciones legales pertinentes. Razón Social: El nombre o razón social de la sociedad será HERNÁNDEZ Y NAZAL DISEÑADORES LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, indistintamente la expresión abreviada de HERNÁNDEZ Y NAZAL DISEÑADORES LTDA., según escritura extractada; Objeto: La sociedad tendrá por objeto exclusivo: a) La prestación de servicios profesionales de diseño y consultoría técnica, al igual que el desarrollo de toda clase de proyectos para entidades públicas y privadas; b) La prestación de toda clase de servicios profesionales relacionados directa o indirectamente con las profesiones de Diseño industrial y gráfico, y cualquier otro tipo de asesorías o desarrollo de proyectos de esta naturaleza, directamente por sus socios o a través de terceros, según escritura extractada; Administración y uso razón social: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá separada e indistintamente a don DANIEL ENRIQUE HERNÁNDEZ SÁNCHEZ y a doña PAULA SOFÍA NAZAL SELAIVE, quienes, anteponiendo la razón social a su firma, representarán a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, según escritura extractada; Capital: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, que los socios aportan y pagan, en las siguientes proporciones: a) Don DANIEL ENRIQUE HERNÁNDEZ SÁNCHEZ, aporta la suma de novecientos noventa mil pesos, equivalentes al noventa y nueve por ciento del capital y derechos sociales, íntegramente pagados en este acto en dinero efectivo y al contado; y b) Doña PAULA SOFÍA NAZAL SELAIVE aporta la suma de diez mil pesos, equivalentes al uno por ciento del capital y derechos sociales, íntegramente pagados en este acto en dinero efectivo y al contado. La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes, según escritura extractada; Domicilio: Su domicilio será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero, según escritura extractada; Duración: La duración de la sociedad será de cinco años contados desde esta fecha, plazo que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, a menos que uno cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle término a la expiración del plazo original o de alguna cualquiera de sus prórrogas, mediante declaración efectuada por escritura pública, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con a lo menos tres meses de anticipación a la fecha prevista para la expiración de la sociedad, según escritura extractada. Otras estipulaciones constan en la escritura extractada. Portador facultado legalización. Santiago, 08 de julio de 2024. JUAN FRANCISCO ALAMOS OVEJERO. Notario Público Interino.