CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Agropecuaria Huiño Huiño Limitada

CVE 2517319
Capital
$100.000 CLP
Fecha instrumento
5 de julio de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
5 de julio de 2024
Repertorio
20551-2024
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$100.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que, por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 5 de julio de 2024, bajo el Repertorio N°20.551-2024, doña Gabriela Cecilia Fröhlich Eggers y don Giancarlo Bianchetti González, ambos con domicilio en Santiago, calle Camino Los Cazadores N°4.712, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; constituyeron la sociedad denominada Agropecuaria Huiño Huiño Limitada. La sociedad tiene su domicilio en Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales u otros establecimientos que pueda constituir en otros lugares del país o en el extranjero. El objeto de la sociedad será la explotación ganadera, lechera, agrícola, frutícola y forestal de cualquiera clase de bienes raíces, por cuenta propia o ajena, y la realización de cualesquiera otras actividades conexas que los socios acuerden. La sociedad adquirir bienes raíces, muebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, participaciones sociales y cualesquiera otros bienes, con miras a su conservación, explotación administración y percepción de sus frutos naturales o civiles. A su vez, la sociedad podrá participar en otras personas jurídicas o sociedades de cualquier tipo y objeto, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades. El capital de la sociedad es la suma de $100.000, totalmente enterado mediante dinero en efectivo, y que corresponde a los socios como sigue: a) a doña Gabriela Cecilia Fröhlich Eggers, la suma de $50.000; y, b) a don Giancarlo Bianchetti González, la suma de $50.000. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponden separada e indistintamente a don Giancarlo Bianchetti González y doña Gabriela Cecilia Frölich Eggers. Esta designación no es esencial, ni entrabará el otorgamiento de mandatos o poderes generales o especiales incluso al mismo administrador, a uno o mas de los socios o a terceros. La sociedad rige desde esta fecha, y durará hasta el 31 de diciembre del año 2050, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de cinco años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de seis meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. No se disolverá la sociedad por el fallecimiento, expiración, insolvencia, quiebra, interdicción o incapacidad sobreviniente de cualquiera de los socios, o disolución de alguna persona jurídica. En caso de fallecer alguno de los socios, la sociedad continuará con sus herederos, los que no tendrán por ese título ninguna injerencia en la administración de la sociedad ni en el uso de la razón social, y deberán actuar ante la sociedad en forma conjunta y mediante mandatario común, el que deberá ser persona natural. Si es del caso y en la medida que resulte aplicable, lo antes indicado con respecto a los herederos se entenderá dicho igualmente con respecto a los legatarios de derechos sociales. Santiago, 8 de julio de 2024.