SOCIEDAD BARAQUI GALEB LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de junio de 2024
- Repertorio
- 224-019
- Notario
- DARÍO SILVA MARCHANT
- Domicilio
- y Conservador Titular de las comunas de Freirina y Huasco
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Objeto social
c) Se modifica la cláusula TERCERA respecto de la ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL, que corresponderá a cualquiera de los socios indistintamente, quienes podrán actuar con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo representar a la Sociedad en todos los contratos y negocios, actuales o futuros en que ésta tenga interés o sea parte a cualquier título, con todas las atribuciones que en derecho fueren procedentes que se enumeran en forma no taxativa en la misma cláusula. No se modifica capital social, ascendente a $5.000.000
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRECTIFICACIÓN Y MODIFICACIÓN "SOCIEDAD BARAQUI GALEB LIMITADA" DARÍO SILVA MARCHANT, Notario Público y Conservador Titular de las comunas de Freirina y Huasco, con oficio en Freirina, calle Arturo Prat N° 502. Certifico: Por escritura pública, suscrita con fecha 05 de junio de 2024, Rep.574-2024 ante mí: doña FRANCISCA GALEB CORTÉS, cédula nacional de identidad número dieciocho millones veintidós mil quinientos sesenta y dos guion cinco, chilena, abogada, casada y separada totalmente de bienes, mayor de edad, con domicilio en Parcela San Francisco Lote cuarenta y nueve, Fundo Llanos de Soto, de la comuna y ciudad de Vallenar y don FRANCOIS FELIPE BARAQUI RISI, cédula nacional de identidad número diecisiete millones seiscientos cuarenta y cuatro mil novecientos dieciséis guion cero, chileno, ingeniero civil industrial, casado y separado totalmente de bienes, mayor de edad, con domicilio en Parcela San Francisco Lote cuarenta y nueve, Fundo Llanos de Soto, de la comuna y ciudad de Vallenar, rectificaron y modificaron la Sociedad BARAQUI GALEB LIMITADA, Rut 77.015.113-9, constituida por escritura pública de fecha once de mayo de dos mil diecinueve, repertorio 224-019, otorgada ante don DARÍO ANDRÉS SILVA MARCHANT, Abogado, Notario y Conservador Titular de las comunas de Freirina y Huasco. El extracto se inscribió a fojas cuarenta y uno número treinta y dos, en el Registro de Comercio del año dos mil diecinueve del Conservador de Comercio y Minas de la Ciudad de Vallenar, y se publicó en el Diario Oficial número cuarenta y dos mil trescientos cincuenta y cinco, correspondiente a la edición del día dieciséis de mayo del año dos mil diecinueve. Modificaciones consisten: A) Modifican y reemplazan la cláusula PRIMERA, respecto del DOMICILIO SOCIAL indicando que su domicilio social será calle Arturo Prat número dos mil ciento cuarenta y uno, de la ciudad y comuna de Vallenar, sin perjuicio de las oficinas o sucursales que podrá abrir en cualquier parte del país y/o en el extranjero. B) modifican y reemplazan la cláusula cláusula SEGUNDA respecto del OBJETO SOCIAL, la que es reemplazada por la siguiente: La sociedad tendrá por objeto el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias, en especial la de restaurante, establecimiento de comida rápida, bar, fuente de soda, gelatería, pizzería y similares; tales como, cafetería y venta de productos alimenticios e insumos gastronómicos, tabaco, alcohol, entre otros, como asimismo elaboración y envasado de otros alimentos; la prestación de servicios de comida preparada en forma industrial, servicio de otros establecimientos que expenden comidas y bebidas, servicios de banquetes, bodas, eventos y otras celebraciones, delivery y similares; fabricación de productos de confitería; elaboración de vinagres, mostazas, mayonesas y condimentos en general; elaboración de otros productos alimenticios no clasificados; la prestación de servicio de almacén de barrio o minimarket, pudiendo vender todos los insumos y productos que caben dentro de dicha actividad económica, así como toda otra actividad que los socios acuerden siempre que estén relacionadas con el objeto social. c) Se modifica la cláusula TERCERA respecto de la ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL, que corresponderá a cualquiera de los socios indistintamente, quienes podrán actuar con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo representar a la Sociedad en todos los contratos y negocios, actuales o futuros en que ésta tenga interés o sea parte a cualquier título, con todas las atribuciones que en derecho fueren procedentes que se enumeran en forma no taxativa en la misma cláusula. No se modifica capital social, ascendente a $5.000.000.- Demás estipulaciones constan en la escritura extractada.