Inversiones Skyline Limitada
Instrumento
- Fecha
- 5 de junio de 2024
- Repertorio
- 8281-2024
- Notario
- Iván Torrealba Acevedo
- Oficio
- Trigésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de diez años a contar de la fecha de la presente escritura, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguna de las socias manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social con una anticipación de a lo menos seis meses antes de fin del respectivo período
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto único y exclusivo la realización de todo tipo de inversiones mobiliarias propias o de terceros, inversiones en acciones, derechos sociales, bonos y debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIván Torrealba Acevedo, Notario Público Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 979, oficina 501, de la comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifico: por escritura pública de hoy, Repertorio N° 8.281-2024, ante mí, JAIRO SAMUEL ROJAS RAMÍREZ, SARA ANDREA ABARCA VENEGAS, y JASIEL ISAÍ ROJAS ABARCA, todos domiciliados en Callejón Los Espinos, Parcela 39 de la comuna de Colina, Región Metropolitana, constituyen una Sociedad Responsabilidad Limitada. Razón Social: El nombre o razón social de la sociedad será “INVERSIONES SKYLINE LIMITADA”. Administración y Uso Razón Social: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Jairo Samuel Rojas Ramírez, quien anteponiendo su firma a la razón social, obligará y representará a la sociedad con las más amplias facultades, según lo indicado en escritura extractada. Objeto: La sociedad tendrá por objeto único y exclusivo la realización de todo tipo de inversiones mobiliarias propias o de terceros, inversiones en acciones, derechos sociales, bonos y debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales u oficinas donde los socios estimen conveniente, ya sea dentro del país o en el extranjero. Duración: La sociedad tendrá una duración de diez años a contar de la fecha de la presente escritura, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguna de las socias manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social con una anticipación de a lo menos seis meses antes de fin del respectivo período. Capital: El capital social será la suma de $1.000.000 pesos que los socios aportan a ésta del siguiente modo: Uno. JAIRO SAMUEL ROJAS RAMÍREZ, aporta el setenta por ciento por ciento del capital y de los derechos sociales, equivalente a setecientos mil pesos, que paga en este acto al contado y en dinero efectivo que ingresa a la caja social. Dos.- Doña SARA ANDREA ABARCA VENEGAS, aporta el veinte por ciento por ciento del capital y de los derechos sociales, equivalente a doscientos mil pesos, que paga en este acto al contado y en dinero efectivo que ingresa a la caja social, y Tres. Don JASIEL ISAÍ ROJAS ABARCA, aporta el diez por ciento por ciento del capital y de los derechos sociales, equivalente a cien mil pesos, que paga en este acto al contado y en dinero efectivo que ingresa a la caja social. En consecuencia, el capital social se encuentra íntegramente enterado y pagado. Responsabilidad: La responsabilidad personal de cada socia queda limitada al monto de su respectivo aporte. Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 5 de junio de 2024.