INVERSIONES SANTA PAULA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 12 de junio de 2024
- Notario
- VERONICA ISABEL GONZALEZ DAVILA
- Domicilio
- Titular doña Maria Soledad Lascar Merino
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVERONICA ISABEL GONZALEZ DAVILA, Notario Público Suplente de la Titular doña Maria Soledad Lascar Merino, de la Trigésimo Octava Notaria de Santiago, con domicilio en calle Miraflores N° 178, 5° piso, certifico: que por escritura pública de fecha 12 de junio de 2024, ante la titular, Guillermo Francisco Bascuñan Obach y Paula Lagos Concha, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida La Dehesa 1201, oficina 809, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, los actuales y únicos socios de INVERSIONES SANTA PAULA LIMITADA en adelante la “Sociedad”, inscrita a fojas 41.752, número 29.314 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2012, acordaron lo siguiente: Modificar el objeto de la Sociedad, por lo cual se reemplaza íntegramente el Artículo Segundo de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Segundo: El objeto de la Sociedad será: a) efectuar toda clase de inversiones en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles y, en general, participar en sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, chilenas o extranjeras, en comunidades y asociaciones; b) prestar toda clase de asesorías y servicios de gestión comercial, inmobiliaria, financiera, económica, jurídica, contable, tributaria y de recursos humanos; y, c) en general, todo otro negocio o actividad que se relacione directa o indirectamente con los objetivos o fines sociales mencionados y/u otros que acuerden los accionistas de la Sociedad. Para el logro de sus objetivos, la Sociedad podrá concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase o naturaleza o de comunidades, fondos y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte.”. En todo lo no modificado, rigen íntegramente los estatutos sociales de la Sociedad. La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Santiago, 21 de junio de 2024.