INVERSIONES HERMANOS ABUHADBA GARCÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 1 de julio de 2024
- Repertorio
- 8157-2024
- Notario
- Notario Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogada, Notario Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público de la 36º Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción Nº 65, piso 2, Providencia, certifico: que por escritura pública de fecha 1 de julio de 2024, repertorio N°8.157-2024, ante mí, comparecen: don Eduardo Patricio Abuhadba Fernández, doña Carmen Sara García Reus, doña Carmen Paz Abuhadba García, don Nicolás Patricio Abuhadba García, don Benjamín Andrés Abuhadba García, y, doña María Catalina Abuhadba García, todos los anteriores domiciliados, para estos efectos, en Carretera General San Martín, número 15.200, comuna de Colina, Región Metropolitana, quienes en calidad de únicos socios de la sociedad “INVERSIONES HERMANOS ABUHADBA GARCÍA LIMITADA”, inscrita a Fojas 10.636 Número 7.469 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2012 (en adelante la “Sociedad”), acordaron por unanimidad modificar la forma de administración social, sustituyendo el Artículo Octavo de los Estatutos Sociales, de manera que, la representación y administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Eduardo Patricio Abuhadba Fernández (en adelante el “Administrador”) quien personalmente o por medio de mandatarios generales o especiales podrá obligarla con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes y sin limitación de ninguna especie debiendo anteponer la razón social a su firma personal. En el evento que don Eduardo Patricio Abuhadba Fernández, estuviere incapacitado o fallecido, situación que no será necesario acreditar ante terceros, la administración y representación de la sociedad, y el uso de la razón social corresponderá a doña Carmen Sara García Reus. A su vez, en el evento que doña Carmen Sara García Reus estuviere incapacitada o fallecida, la administración y representación de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a un Directorio, el cual se regirá por las reglas que se indican en el numeral Cuatro del Artículo Octavo de los Estatutos Sociales. En todo lo no modificado expresamente por este instrumento, se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociales. Responsabilidad de los socios limitada hasta el monto de sus aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 2 de julio de 2024.