CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES CRISCON LIMITADA

CVE 2516697
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
1 de julio de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
1 de julio de 2024
Repertorio
30223-2024
Notario
VERÓNICA ISABEL GONZÁLEZ DÁVILA
Oficio
titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$500.000 CLP
Duración
La duración de la Sociedad será de diez años a contar de esta fecha, plazo que se prorrogará automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de cinco años cada uno, si ninguno de los socios expresa su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio correspondiente, con al menos seis meses de anticipación al vencimiento del respectivo período.- Limitación de Responsabilidad: La

Objeto social

La Sociedad tendrá por giro y objeto societario, en Chile o en el extranjero, por cuenta propia o por cuenta de terceros, invertir en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como bienes raíces, acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, efectos de comercio, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades y asociaciones, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, fondos mutuos, depósitos a plazo o a la vista, y títulos de crédito, pudiendo realizar toda clases de operaciones de cambios internacionales y operaciones con productos derivados financieros, en especial comprar y vender y, en general, enajenar divisas, al contado o a futuro, provengan o no del comercio exterior divisible o indivisible y hacer conversiones y, en general, efectuar todo otro tipo de actividades afines, similares, complementarias o relacionadas con las mencionadas anteriormente y la realización de los demás negocios que se acuerden de común acuerdo por los

Administración

El uso de la razón social y la administración de la Sociedad, corresponderá a cualquiera de los socios de la Sociedad, quienes, actuando de manera individual o conjuntamente, de la forma que más conveniente les parezca y anteponiendo su firma personal a la razón social, la obligarán y representarán con las más amplias facultades de administración y disposición, en toda clase de actos, contratos, asuntos, negocios, juicios y convenciones que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a tales fines

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VERÓNICA ISABEL GONZÁLEZ DÁVILA, Notario Público Suplente de la titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, María Soledad Lascar Merino, con oficio ubicado en calle Miraflores 178, piso 5, certifico que: por escritura pública de fecha 01 de julio de 2024, bajo repertorio N°30223-2024, ante mí, los señores: /Uno/ CRISTIÁN EDUARDO PORTILLA CORREA; y /Dos/ CONSUELO DEL CARMEN CALDERÓN CRUZ, ambos domiciliados para estos efectos en calle Ted Huard N°1.421, casa 13, del condominio denominado El Golf del Inglés II, comuna de Lo Barnechea, Santiago, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Razón Social: La razón social será “INVERSIONES CRISCON LIMITADA” pudiendo usar para fines comerciales, de publicidad y de toda otra índole, incluso ante bancos, el nombre de fantasía “CRISCON LIMITADA” o “CRISCON LTDA”.- Administración: El uso de la razón social y la administración de la Sociedad, corresponderá a cualquiera de los socios de la Sociedad, quienes, actuando de manera individual o conjuntamente, de la forma que más conveniente les parezca y anteponiendo su firma personal a la razón social, la obligarán y representarán con las más amplias facultades de administración y disposición, en toda clase de actos, contratos, asuntos, negocios, juicios y convenciones que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a tales fines.- Capital: El capital social asciende a la suma de $500.000, aportado por los socios en la siguiente forma y proporción: /Uno/ El señor CRISTIÁN EDUARDO PORTILLA CORREA aporta y paga la cantidad de $250.000, equivalentes a un 50% del total de los derechos sociales, en dinero efectivo, el que ingresa en este mismo acto a la caja social; y /Dos/ La señora CONSUELO DEL CARMEN CALDERON CRUZ aporta y paga la cantidad de $250.000, equivalentes a un 50% del total de los derechos sociales, en dinero efectivo, el que ingresa en este mismo acto a la caja social.- Objeto: La Sociedad tendrá por giro y objeto societario, en Chile o en el extranjero, por cuenta propia o por cuenta de terceros, invertir en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como bienes raíces, acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, efectos de comercio, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades y asociaciones, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, fondos mutuos, depósitos a plazo o a la vista, y títulos de crédito, pudiendo realizar toda clases de operaciones de cambios internacionales y operaciones con productos derivados financieros, en especial comprar y vender y, en general, enajenar divisas, al contado o a futuro, provengan o no del comercio exterior divisible o indivisible y hacer conversiones y, en general, efectuar todo otro tipo de actividades afines, similares, complementarias o relacionadas con las mencionadas anteriormente y la realización de los demás negocios que se acuerden de común acuerdo por los socios.- Duración: La duración de la Sociedad será de diez años a contar de esta fecha, plazo que se prorrogará automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de cinco años cada uno, si ninguno de los socios expresa su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio correspondiente, con al menos seis meses de anticipación al vencimiento del respectivo período.- Limitación de Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada hasta el monto de sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 05 de julio de 2024.