CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

VALTUS CONSULTORES LIMITADA

CVE 2516032
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
2 de julio de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
2 de julio de 2024
Notario
IVAN TORREALBA ACEVEDO
Oficio
33ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°979, oficina 501, comuna de Santiago, certifica: por escritura pública de hoy, ante mí, don Cristian Andrés Gaete Pinto y don Santiago Andrés Villarroel Ávila, ambos domiciliados en Avenida Providencia número 1.208 oficina 1.008, Comuna de Providencia. Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. La razón social será "VALTUS CONSULTORES LIMITADA”, pudiendo usar para fines publicitarios, bancarios, comerciales y cualquier otro, el nombre de fantasía " VALTUS CONSULTING LTDA.”. El objeto de la sociedad será exclusivamente la prestación de servicios profesionales y consultorías en materias relacionadas a la ingeniería, materias financieras, gestión de negocios y de proyectos empresariales, evaluación y valorización de empresas y de activos y, otros servicios profesionales complementarios a los anteriores. La administración y uso de la razón social corresponderá a indistintamente a uno cualquiera de los señores don Cristian Andrés Gaete Pinto y don Santiago Andrés Villarroel Ávila, con las facultades y limitaciones indicadas en escritura extractada. El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000.-, que los socios aportan en partes iguales, con la suma de $500.000.- cada uno de ellos, en dinero efectivo, que ingresa en el acto a la caja social. La sociedad tendrá una duración de 5 años a contar de fecha de escritura extractada, plazo que se renovará automática y sucesivamente por períodos iguales de 3 años cada uno, en la forma indicada en escritura extractada. La sociedad tendrá como domicilio la comuna de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que puedan establecerse en otros lugares, incluso fuera del territorio nacional. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 2 de julio de 2024.