CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

VENTURE UP TURISMO & BALLONS SpA

CVE 2514675
Capital
$6.000 CLP
Fecha instrumento
18 de junio de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
18 de junio de 2024
Repertorio
2906-24
Notario
EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS
Oficio
Vigésima Novena Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$6.000 CLP
Domicilio
la comuna de San Pedro de Atacama, Región de Antofagasta; pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: A) Servicios de agencia de viajes y turismo, tours, operador turístico, todo tipo de actividad relacionada con la venta de rutas turísticas dentro y fuera del país, asistencia turística, entre otros relacionados. B) Servicios de transporte de pasajeros para turistas por vía terrestre como aérea, siendo esta principalmente mediante globos aerostáticos. Además, la sociedad administrará todo lo relacionado con su giro en actividades tales como ventas, marketing, seguros, publicidad, entre otros. C) La explotación turística de centros de recreación, hoteles, moteles, restaurantes, bares y ramos similares, en establecimientos propios o ajenos, y todo 1o relacionado, en la actualidad o en el futuro, con dichas actividades, tal como expendio de bebidas alcohólicas y analcohólicas, helados, cigarrillos y comidas. La sociedad además podrá ofrecer servicios de coctel, picnics, y servicios de general y bebidas en general. D) Realización, difusión y organización de todo tipo de eventos y actividades, tales como actividades artísticas, culturales, extra programáticas en general, la promoción y organización de espectáculos, seminarios, charlas, u otras similares; E) Importación, exportación, comercialización, compra, venta y distribución de todo tipo de materiales, insumos, materias primas, maquinarias, equipos, accesorios o cualquier otro elemento que sea necesario o conveniente para el desarrollo de las actividades señaladas precedentemente; E) La realización de todas aquellas actividades, comerciales o industriales, que fueren complementarias, o anexas al giro principal. G) Inversiones en instrumentos de deuda, divisas, acciones de empresas bursátiles y no bursátiles entre otros, y en general en toda clase de activos; H) Inversiones en toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, derechos en sociedades y toda clase de títulos o valores mobiliarios; desarrollar proyectos de inversión en sus formas más amplias, adquirir, enajenar y explotar toda clase de inmuebles, rústicos o urbanos, por cuenta propia o de terceros; concurrir a la constitución y)o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas o de cualquier otro tipo, comunidades, Joint Ventures y asociaciones en general; y realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos y negociaciones que tiendan a la consecución o que se relacionen con los fines sociales, pudiendo dedicarse también a cualquier otra actividad que los socios acuerden. Puede establecer sucursales en Chile y en el extranjero, participar en empresas en Chile y en el extranjero, adquirir empresas similares o relacionadas o asociarse con ellas, así como realizar transacciones y contratos que son adecuados para promover el propósito de la empresa o que están directa o indirectamente vinculados a ella. Puede comprar, administrar, vender propiedades, derechos de propiedad, patentes y licencias de todo tipo. Para llevar a efecto sus operaciones la sociedad podrá efectuar y celebrar toda clase de actos y contratos sin limitación alguna. I) En general la sociedad podrá realizar cualquier tipo de actividad que el o los socios acuerden en el futuro siempre que sea licita y se encuentra ajustada a la normativa aplicable.;

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS, Notario Público Titular de la Vigésima Novena Notaría de Santiago, con oficio en calle Mac Iver N°225, oficina 302, certifico que: por instrumento privado protocolizado de fecha 14 de junio de 2024, Repertorio 2906-24, ante mí: doña ROBERTA DE AQUINO GAMEIRO, brasileña, casado bajo el régimen de sociedad conyugal, empresaria, cédula de identidad número veintisiete millones trescientos setenta y siete mil ciento cincuenta y siete guion tres, domiciliada para estos efectos en calle Calama número cuatrocientos setenta y nueve, comuna San Pedro de Atacama, Región Antofagasta, y JOAO GABRIEL DA COSTA MAGAN, español, soltero, piloto de globos aerostáticos, Rol Único Tributario de inversionista extranjero número cuarenta y ocho millones doscientos tres mil cuatrocientos ochenta y dos guion nueve y pasaporte del Reino de España número P A T cero dos seis nueve cuatro nueve, domiciliado para estos efectos en calle Marchant Pereira número ciento cincuenta, oficina novecientos uno, comuna de Providencia, Región Metropolitana, constituyen una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto: Nombre: “VENTURE UP TURISMO & BALLONS SpA” Domicilio: Su domicilio será en la comuna de San Pedro de Atacama, Región de Antofagasta; pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será: A) Servicios de agencia de viajes y turismo, tours, operador turístico, todo tipo de actividad relacionada con la venta de rutas turísticas dentro y fuera del país, asistencia turística, entre otros relacionados. B) Servicios de transporte de pasajeros para turistas por vía terrestre como aérea, siendo esta principalmente mediante globos aerostáticos. Además, la sociedad administrará todo lo relacionado con su giro en actividades tales como ventas, marketing, seguros, publicidad, entre otros. C) La explotación turística de centros de recreación, hoteles, moteles, restaurantes, bares y ramos similares, en establecimientos propios o ajenos, y todo 1o relacionado, en la actualidad o en el futuro, con dichas actividades, tal como expendio de bebidas alcohólicas y analcohólicas, helados, cigarrillos y comidas. La sociedad además podrá ofrecer servicios de coctel, picnics, y servicios de general y bebidas en general. D) Realización, difusión y organización de todo tipo de eventos y actividades, tales como actividades artísticas, culturales, extra programáticas en general, la promoción y organización de espectáculos, seminarios, charlas, u otras similares; E) Importación, exportación, comercialización, compra, venta y distribución de todo tipo de materiales, insumos, materias primas, maquinarias, equipos, accesorios o cualquier otro elemento que sea necesario o conveniente para el desarrollo de las actividades señaladas precedentemente; E) La realización de todas aquellas actividades, comerciales o industriales, que fueren complementarias, o anexas al giro principal. G) Inversiones en instrumentos de deuda, divisas, acciones de empresas bursátiles y no bursátiles entre otros, y en general en toda clase de activos; H) Inversiones en toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, derechos en sociedades y toda clase de títulos o valores mobiliarios; desarrollar proyectos de inversión en sus formas más amplias, adquirir, enajenar y explotar toda clase de inmuebles, rústicos o urbanos, por cuenta propia o de terceros; concurrir a la constitución y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas o de cualquier otro tipo, comunidades, Joint Ventures y asociaciones en general; y realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos y negociaciones que tiendan a la consecución o que se relacionen con los fines sociales, pudiendo dedicarse también a cualquier otra actividad que los socios acuerden. Puede establecer sucursales en Chile y en el extranjero, participar en empresas en Chile y en el extranjero, adquirir empresas similares o relacionadas o asociarse con ellas, así como realizar transacciones y contratos que son adecuados para promover el propósito de la empresa o que están directa o indirectamente vinculados a ella. Puede comprar, administrar, vender propiedades, derechos de propiedad, patentes y licencias de todo tipo. Para llevar a efecto sus operaciones la sociedad podrá efectuar y celebrar toda clase de actos y contratos sin limitación alguna. I) En general la sociedad podrá realizar cualquier tipo de actividad que el o los socios acuerden en el futuro siempre que sea licita y se encuentra ajustada a la normativa aplicable.; Capital: $6.000.000 de pesos chilenos, dividido en 1.000 de acciones nominativas, sin valor nominal y de serie única, el cual se encuentra totalmente suscrito y pagado de la siguiente forma: A) doña ROBERTA DE AQUINO GAMEIRO suscribe quinientas acciones, equivalentes a tres millones de pesos, que paga en este acto en dinero efectivo; B) don JOAO GABRIEL DA COSTA MAGAN, suscribe quinientas acciones, equivalentes a tres millones de pesos, que paga en este acto, quedando así el capital suscrito y pagado en su totalidad en este acto; Duración: Indefinida. Las demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 18 de junio de 2024.