MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD FERRETERA MOISES PEÑALOZA E HIJOS LIMITADA

RUT 76481823-7 CVE 2514503
Capital
$40.000.000 CLP
Fecha instrumento
7 de mayo de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
7 de mayo de 2024
Notario
LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
Oficio
8ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$40.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Abogado, Notario Público Titular de la 8ª Notaría de Santiago, con oficio en esta comuna en calle Huérfanos N°941, local 302, Pasaje Matte, comuna de Santiago. CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 07-05-2024, otorgada ante don LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Notario Público de la 8ª Notaría de Santiago, los comparecientes: CLAUDIO ALFREDO PEÑALOZA RIQUELME, Rut 12.470.873.7; SILVANA CRISTINA PEÑALOZA RIQUELME, Rut 14.570.268-2; MARIO ALEJANDRO PEÑALOZA RIQUELME, Rut 13.058.883-2, JOSE MANUEL PEÑALOZA RIQUELME, Rut 15.899.374-0, y MOISES AQUILES PEÑALOZA MARQUEZ, Rut 5.959.280-7, todos con domicilio en calle Licanray, Santa Sara, parcela Nº 3, Batuco, comuna de Lampa, Región Metropolitana; suscribieron contrato de modificación y cesión de derechos de Sociedad de Responsabilidad Limitada “SOCIEDAD FERRETERA MOISES PEÑALOZA E HIJOS LIMITADA”, Rut 76.481.823-7, Sociedad constituida por escritura pública con fecha 02-09-2015 ante MARIA ISABEL ZAGAL CISTERNAS, Notario Público Titular de la 1ª Notaría de Colina, cuyo extracto fue inscrito en el registro de comercio de Santiago a fojas 69.333, bajo el número 40.392 del año 2015, la que se modifica de la siguiente manera: Por este acto los comparecientes citados en la cláusula anterior vienen a modificar la sociedad denominada “SOCIEDAD FERRETERA MOISES PEÑALOZA E HIJOS LIMITADA”, en el siguiente sentido: don MOISES AQUILES PEÑALOZA MARQUEZ, quien por este acto vende, cede y transfiere el 5% de sus derechos en la sociedad a doña SILVANA CRISTINA PEÑALOZA RIQUELME, quien compra y adquiere para sí en la suma de $2.000.000 que el cesionario paga al cedente en dinero efectivo en este acto a la más completa y total conformidad del cedente. De esta forma la sociedad queda constituida luego de la modificación y cesión de derechos por comparecientes: don CLAUDIO ALFREDO PEÑALOZA RIQUELME, dueño de un 5% de los derechos sociales, don MARIO ALEJANDRO PEÑALOZA RIQUELME dueño de un 5% de los derechos sociales, don JOSE MANUEL PEÑALOZA RIQUELME dueño de un 5% de los derechos sociales, don MOISES AQUILES PEÑALOZA MARQUEZ, dueño de un 80% de los derechos sociales, y doña SILVANA CRISTINA PEÑALOZA RIQUELME, dueña de un 5% de los derechos sociales. En todo lo que no se modifica por esta escritura se mantienen vigentes todas las cláusulas y facultades estipuladas en la escritura social primitiva. Capital Constitutivo: $40.000.000. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 02 de Julio de 2024.