Servicios de Otorrinolaringología y Psicología Limitada
Instrumento
- Fecha
- 1 de julio de 2024
- Notario
- SERGIO WALDO ARENAS BENONI
- Domicilio
- San Miguel con asiento en La Cisterna
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
Objeto social
La sociedad tendrá por
Administración
La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a PATRICIO OSVALDO CÁRDENAS BARROS, quien, actuando individualmente, y anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, sin restricción alguna, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSERGIO WALDO ARENAS BENONI, Notario Público Titular de San Miguel con asiento en La Cisterna, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera número 7.930, certifico: Que por escritura pública de fecha 01 de julio de 2024, ante mí, PATRICIO OSVALDO CÁRDENAS BARROS y MARIA DE LOS ÁNGELES PÉREZ RÍOS, ambos domiciliados en Circunvalación Las Flores 11967, depto. 21 E, comuna de Las Condes, de paso en ésta, Región Metropolitana, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada Servicios de Otorrinolaringología y Psicología Limitada, de cuyos estatutos extracto: Nombre o Razón Social: El nombre o razón social de la sociedad será “SERVICIOS DE OTORRINOLARINGOLOGÍA Y PSICOLOGÍA LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente, la expresión abreviada de “SOPSI LTDA.”. Domicilio: La Sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Objeto Social. La sociedad tendrá por objeto: Uno. La prestación de todo tipo de servicios médicos y relacionados con la salud, lo que puede incluir asesorías, consultorías, procedimientos médicos en general, ya sea por medio de sus socios, asociados o profesionales contratados. Dos. La prestación de todo tipo de servicios de atención psicológica y relacionados con la otorrinolaringología, lo que puede incluir asesorías, consultorías, consultas médicas o profesionales en general, ya sea por medio de sus socios, asociados o profesionales contratados. Tres. La inversión en todo tipo de bienes, ya sean raíces o muebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o por cuenta ajena; y la compra, venta, permuta, arrendamiento, adquisición o enajenación, a cualquier título, de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, como asimismo la explotación y administración de éstos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o de terceros. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para los fines indicados, al desarrollo de sus negocios o la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. En especial, podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada, sociedades por acciones o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con el objeto social. Capital Social. El capital de la sociedad es la suma de $2.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: Uno) PATRICIO OSVALDO CÁRDENAS BARROS, aporta la suma de $1.200.000, equivalente al 60% aproximado del capital y derechos sociales, que paga y entera en este acto, en dinero efectivo, que ingresa a la caja social; y Dos) MARIA DE LOS ÁNGELES PÉREZ RÍOS, aporta la suma de $800.000, equivalente al 40% aproximado del capital y derechos sociales, que paga y entera en este acto, en dinero efectivo, que ingresa a la caja social. Responsabilidad. La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes. Administración, Representación y uso de la Razón Social. La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a PATRICIO OSVALDO CÁRDENAS BARROS, quien, actuando individualmente, y anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, sin restricción alguna, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. Duración de la Sociedad. La Sociedad rige desde esta fecha y durará por el período de diez años, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de cinco años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social, con no menos de tres meses antes del respectivo vencimiento. Sin perjuicio de lo anterior, y no obstante lo señalado en el artículo Décimo de estos estatutos, por acuerdo unánime de los socios se podrá poner término a la sociedad en cualquier momento. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. La Cisterna, 01 de julio de 2024.