IMPORTADORA Y EXPORTADORA GOLDEN FALCON LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 12 de junio de 2024
- Notario
- IMPORTADORA Y EXPORTADORA GOLDEN FALCON LIMITADA. FELIX JARA CADOT
- Oficio
- Cuadragésima Primera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIMPORTADORA Y EXPORTADORA GOLDEN FALCON LIMITADA. FELIX JARA CADOT, abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Primera Notaría de Santiago, Certifico: Por escritura hoy ante mí, DURGA PRASAD ARYAL, nepalés, comerciante, soltero, Rut 22.894.850-0, comparece por sí y en representación de SITA REGMI, nepalés, comerciante, soltera, Rut 25.411.678-5; ANANTA BHANDARI, nepalés, administrador, soltero, Rut 28.249.890-1, todos domiciliados en Sazie número dos mil quinientos cincuenta y siete, departamento cuatrocientos catorce B, comuna de Santiago, de esta ciudad; Los comparecientes modificaron sociedad “IMPORTADORA Y EXPORTADORA GOLDEN FALCON LIMITADA, Rut. 76.169.605-K, Capital. $5.000.000, constituida por instrumento público otorgado ante la Notario de esta ciudad don Eduardo Diez Morello, de fecha 21 de septiembre de 2011, la que se inscribió a fojas 57239, número 42082, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de esta ciudad, correspondiente al año 2011; MODIFICACIÓN CONSISTE: Por el presente acto e instrumento: a) la socia señora SITA REGMI, vende, cede y transfiere a don DURGA PRASAD ARYAL, el 40% de su participación en el capital social, quien, por su parte, compra y acepta para sí. El precio de esta cesión es la suma $2.000.000 que el cesionario paga a la cedente en dinero efectivo, en este acto, quien declara recibirlo a su entera satisfacción. b) la socia señora SITA REGMI, vende, cede y transfiere a don ANANTA BHANDARI, el 5% de su participación en el capital social, quien, por su parte, compra y acepta para sí. El precio de esta cesión es la suma $250.000 que el cesionario paga a la cedente en dinero efectivo, en este acto, quien declara recibirlo a su entera satisfacción. En consecuencia y en mérito de la precedente cesión de derechos sociales, son únicos socios a contar desde esta fecha: DURGA PRASAD ARYAL, con una participación de 95% en el capital social; y don ANANTA BHANDARI, con una participación de 5% en el capital social. Se modifica la cláusula cuarta de la escritura de constitución de sociedad de fecha veintiuno de septiembre del año dos mil once en el siguiente sentido: La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá únicamente al socio señor DURGA PRASAD ARYAL, con todas las facultades conferidas en la escritura de constitución de sociedad. En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes las demás estipulaciones del contrato social y modificaciones posteriores. SANTIAGO, 12 JUNIO 2024.