Instrumento
- Fecha
- 24 de junio de 2024
- Notario
- PATRICIA VALENTINA MANRIQUEZ HUERTA
- Oficio
- 48º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros lugares del territorio nacional o en el extranjero
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será Intermediación remunerada de seguros generales y de vida con cualquier entidad aseguradora nacional o internacional y la asesoría inherente a esta clase de contratos respecto de personas naturales o jurídica actuando como intermediario entre los clientes y compañías aseguradoras nacionales o internacionales, y la inherente asesoría a esta clase de contratos, se comprende dentro de su actividad la promoción y venta de productos de seguros de distintas aseguradoras, proporcionando un servicio integral de asesoría y gestión de pólizas. En el desarrollo de dicho objeto social la sociedad podrá ejecutar dichas actividades por cuenta propia o a través de asociaciones o subcontrataciones con terceros y la realización de todos los actos y contratos necesarios o conducentes para el objeto antes señalado
Administración
Corresponderá a doña MARÍA DEL CARMEN AGUAYO MARTÍNEZ, quien actuará en la forma y con las facultades señaladas en la escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIA VALENTINA MANRIQUEZ HUERTA, Notario Público, Titular de la 48º Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida Apoquindo 3076 oficina 601, comuna de Las Condes, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 24 de junio de 2024, repertorio Nro. 7.623/2024, ante mí doña MARÍA DEL CARMEN AGUAYO MARTÍNEZ, domiciliada en Monseñor Escribá de Balaguer 9423, departamento 208, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyó en calidad de única accionista la sociedad por acciones con el nombre “GLOBAL FULL SAFE SpA.” OBJETO: El objeto de la sociedad será Intermediación remunerada de seguros generales y de vida con cualquier entidad aseguradora nacional o internacional y la asesoría inherente a esta clase de contratos respecto de personas naturales o jurídica actuando como intermediario entre los clientes y compañías aseguradoras nacionales o internacionales, y la inherente asesoría a esta clase de contratos, se comprende dentro de su actividad la promoción y venta de productos de seguros de distintas aseguradoras, proporcionando un servicio integral de asesoría y gestión de pólizas. En el desarrollo de dicho objeto social la sociedad podrá ejecutar dichas actividades por cuenta propia o a través de asociaciones o subcontrataciones con terceros y la realización de todos los actos y contratos necesarios o conducentes para el objeto antes señalado. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros lugares del territorio nacional o en el extranjero. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: Corresponderá a doña MARÍA DEL CARMEN AGUAYO MARTÍNEZ, quien actuará en la forma y con las facultades señaladas en la escritura extractada. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en cien acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal que se suscribe y pagará en la forma que se señala en el artículo primero transitorio. ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social, ascendente a la suma de un millón de pesos, dividido en cien acciones, todas nominativas y sin valor nominal, se suscribe íntegramente por doña MARÍA DEL CARMEN AGUAYO MARTÍNEZ suscribe y paga el total de las cien acciones en que se encuentra dividido el capital social, por el valor de diez mil pesos cada una, con un total de un millón de pesos al contado y en dinero en efectivo y debidamente ingresado en caja social. En consecuencia, el capital social de un millón de pesos, ha quedado íntegramente suscrito y pagado en la forma señalada por el accionista, dueño y titular de las cien acciones en las que se divide el capital social. DURACIÓN: La sociedad tendrá duración indefinida. La sociedad no se disolverá por reunirse todas las acciones en un mismo accionista. Demás estipulaciones en escritura extractada.- SANTIAGO, 25 de Junio de 2024.