Enel Chile S.A.
Instrumento
- Fecha
- 29 de abril de 2024
- Repertorio
- 8168-2024
- Notario
- IVÁN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- 33º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVÁN TORREALBA ACEVEDO, Abogado y Notario Público Titular de 33º Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifica que: con fecha 3 de junio de 2024, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la junta extraordinaria de accionistas de Enel Chile S.A. (la “Sociedad”), celebrada con fecha 29 de abril de 2024 (Repertorio N°8.168-2024), en la cual se acordó, entre otras materias, ajustar el artículo cuarto referido al objeto social y otorgar un texto refundido de los estatutos sociales. Se reemplazó el artículo Cuarto de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Cuarto: La Sociedad tendrá como objeto invertir en filiales o coligadas cuyo giro sea la exploración, desarrollo, operación, generación, distribución, transmisión, transformación y/o venta de energía en Chile, en cualquiera de sus formas o naturaleza, como asimismo, las actividades de investigación, desarrollo, operación, comercialización, compra, venta, importación y mantenimiento de cualquier tipo de bienes relacionados con las tecnologías de la información y de las telecomunicaciones, tales como software, hardware, licencias, desarrollos informáticos y, en general, de cualquier tipo de bienes relacionados con las actividades anteriores; y asesorías en todas las materias señaladas precedentemente. La Sociedad tendrá también como objeto invertir y administrar su inversión en filiales y coligadas, que sean generadoras, distribuidoras, transmisoras o comercializadoras de energía eléctrica o cuyo giro corresponda a cualesquiera de los siguientes: (i) energía en cualquiera de sus formas o naturaleza, (ii) suministro de servicios públicos o que tengan como insumo principal la energía, (iii) telecomunicaciones e informática, y (iv) negocios de intermediación a través de Internet. En el cumplimiento de su objeto principal la Sociedad desarrollará las siguientes funciones: a) Promover, organizar, constituir, modificar, disolver o liquidar sociedades de cualquier naturaleza, cuyo objeto social sea relacionado a los precedentemente señalados. b) Proponer a sus filiales las políticas de inversiones, financiamiento y comerciales, así como los sistemas y criterios contables a que éstas deberán ceñirse. c) Supervisar la gestión de sus filiales y coligadas. d) Prestar a sus sociedades relacionadas, filiales y coligadas los recursos financieros necesarios para el desarrollo de sus negocios y, además, prestar a sus sociedades relacionadas, filiales, coligadas y terceros no relacionados servicios gerenciales; de asesoría financiera, comercial, técnica y legal; de auditoría y, en general, los servicios de cualquier índole que aparezcan como convenientes para su mejor desempeño. Además de su objeto principal y actuando siempre dentro de los límites que determine la Política de Inversiones y Financiamiento aprobada en Junta de Accionistas, la Sociedad podrá invertir en: Primero. La adquisición, explotación, construcción, arrendamiento, administración, intermediación, comercialización y enajenación de toda clase de bienes muebles e inmuebles, sea directamente o a través de sociedades filiales o coligadas. Segundo. Toda clase de activos financieros, incluyendo acciones, bonos y debentures, efectos de comercio y, en general, toda clase de títulos o valores mobiliarios y aportes a sociedades, sea directamente o a través de sociedades filiales o coligadas.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Portador de este extracto quedó facultado para proceder a su legalización. Santiago, 14 de junio de 2024. Iván Torrealba Acevedo, Notario Público Titular.