MODIFICACIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

AGROCOMERCIAL BARBARA VAN DER DIJS E.I.R.L.

RUT 77144932-8 CVE 2514009
Fecha instrumento
24 de noviembre de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
24 de noviembre de 2023
Repertorio
36220
Notario
PEDRO RICARDO REVECO HORMAZÁBAL
Oficio
Décimo Novena Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Ley aplicable
ley Nº19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PEDRO RICARDO REVECO HORMAZÁBAL, Notario Público, Titular de la Décimo Novena Notaría de Santiago, con oficio en calle Bandera N.º 341, oficina 352, Santiago, certifico: Que, por escritura pública otorgada con fecha 27 de JUNIO del 2024, bajo el Repertorio Nº 36.220, ante mí, comparece: Doña BARBARA YALYNAIR VAN DER DIJS, venezolana, soltera, trabajadora independiente, cédula nacional de identidad para extranjeros N°26.295.113-8, de actuales 34 años de edad, domiciliada en Avenida Lonquén, Condominio La Virgen, Parcela N°74, Villa paradero 14/2, comuna de Calera de Tango, Región Metropolitana, viene en sanear, escritura pública de repertorio Nº 70.322 de fecha 24 de noviembre del año 2023, celebrada ante el notario público titular de la 19ª Notaría de Santiago, don PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL, con oficio en calle Bandera N°341, oficina 352, comuna de Santiago, Región Metropolitana, transformo la empresa individual de responsabilidad limitada “AGROCOMERCIAL BARBARA VAN DER DIJS E.I.RL” o, simplemente “FANTASÍA DISFRUTA E.I.R.L” a una sociedad por acciones, que paso a denominarse o tener como nombre social “AGROCOMERCIAL BARBARA VAN DER DIJS SpA” o simplemente “FANTASÍA DISFRUTA SpA”. Que, sin perjuicio de lo anterior, no se inscribió ante el Conservador de Bienes Raíces de San Bernardo el extracto que corresponde a la escritura a la que se refiere la cláusula precedente, en el plazo que establece el Título VII “De La Sociedad”, del Código de Comercio vigente, y por tanto, se incurrió en un vicio formal en cuanto en la transformación que se pretende.- Que, por el presente acto, la compareciente de conformidad con lo dispuesto en la ley Nº19.499, publicada en el Diario Oficial de fecha 11 de abril de 1997, concurre a la presente escritura con el objeto de sanear el vicio formal que afecta a la transformación de la anteriormente mencionada sociedad “AGROCOMERCIAL BARBARA VAN DER DIJS E.I.RL” o, simplemente “FANTASÍA DISFRUTA E.I.R.L” y de ahora en más “AGROCOMERCIAL BARBARA VAN DER DIJS SpA” o simplemente “FANTASÍA DISFRUTA SpA”, consistente en la falta de cumplimiento de los requisitos de inscripción del extracto de transformación la misma dentro de plazo ante el Conservador de Bienes Raíces que corresponde.- Que, para efectos de lo anterior, se acompaña justamente el extracto de la escritura pública de transformación que se comenta en la cláusula segundo, cuyo código de documento corresponde al Nº123457179897, de fecha 10 de enero del año 2024, otorgada ante el Notario Público titular de la 19ª Notaría de Santiago, don PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL, con oficio en calle Bandera N°341, oficina 352, comuna de Santiago, Región Metropolitana.- Que, las demás estipulaciones constan en la escritura extractada. SANTIAGO, 01 de JULIO del 2024. PEDRO R. REVECO H.-