MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD AUTOMOTRIZ LUCKY CAR LIMITADA

RUT 77735900-2 CVE 2513296
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
24 de junio de 2024

Instrumento

Fecha
24 de junio de 2024

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SERGIO WALDO ARENAS BENONI, Abogado, Notario Titular de La Cisterna, Gran Avenida J.M. Carrera N° 7930, certifico que por escritura pública de fecha 24.06.2024, ante mí, FELIPE ABRAHAM MONCADA NUÑEZ, JOSÉ BENEDICTO MONCADA VALENZUELA, ambos con domicilio convencional en Vicuña Mackenna 601, Dpto. 1411, Santiago y JOAQUÍN FELIPE MONCADA VALLEJOS, domiciliado en Tobalaba 7377, Dpto. E 23, La Florida. FELIPE ABRAHAM MONCADA NÚÑEZ, con el 50% del capital social, y JOSÉ BENEDICTO MONCADA VALENZUELA, con el 50% restante, son los únicos y actuales socios de “SOCIEDAD AUTOMOTRIZ LUCKY CAR LIMITADA”, también conocida con el nombre de fantasía “LUCKY CAR LTDA.”, constituida por escritura pública de fecha 27.11.2001, ante María Loreto Zaldívar Grass, suplente de don Patricio Zaldívar Mackenna, titular de la 18 notaria de Santiago.- Un extracto de la misma fue inscrito a fs. 30.900 Nº 25.203 del año 2001, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y publicada en el Diario Oficial de la República de Chile bajo el Nº 37.131 de fecha 10.12.2001. La sociedad no ha tenido modificaciones posteriores. Los comparecientes declaran que el capital de la sociedad es la suma de $10.000.000, íntegramente pagados a la fecha. JOSÉ BENEDICTO MONCADA VALENZUELA, dueño del 50% del total de los derechos sociales declara que vende, cede y transfiere el 30% de sus derechos sociales a FELIPE ABRAHAM MONCADA NÚÑEZ, quien los compra acepta y adquiere para sí, en la suma de $3.000.000, que el cesionario paga en este acto y al contado al cedente, declarando haberlo recibido a su más entera satisfacción y conformidad; declara además JOSÉ BENEDICTO MONCADA VALENZUELA, que vende, cede y transfiere el 20% restante de sus derechos sociales a JOAQUÍN FELIPE MONCADA VALLEJOS, quien los compra acepta y adquiere para sí, en la suma de $2.000.000, que el cesionario paga en este acto y al contado al cedente, declarando haberlo recibido a su más entera satisfacción y conformidad. Esta última cesión es aceptada por el otro socio don FELIPE ABRAHAM MONCADA NÚÑEZ. Como consecuencia de esta cesión se retira de la sociedad JOSÉ BENEDICTO MONCADA VALENZUELA e ingresa JOAQUÍN FELIPE MONCADA VALLEJOS; quedando como únicos socios de la “SOCIEDAD AUTOMOTRIZ LUCKY CAR LIMITADA”, también conocida con el nombre de fantasía “LUCKY CAR LTDA.” FELIPE ABRAHAM MONCADA NÚÑEZ, con un 80% de los derechos sociales; y JOAQUÍN FELIPE MONCADA VALLEJOS, con un 20% de los derechos sociales. Asimismo, FELIPE ABRAHAM MONCADA NÚÑEZ, dueño del 80% del capital social, y JOAQUÍN FELIPE MONCADA VALLEJOS, dueño del 20% del capital social, acuerdan modificar el pacto social en los siguientes términos: MODIFICAN “ARTÍCULO CUARTO”, Administración, la que corresponderá a contar de esta fecha a don Felipe Abraham Moncada Núñez y a don Joaquín Felipe Moncada Vallejos, indistintamente, a cualquiera de los socios, quienes tendrán al efecto, todas las facultades, derechos y poderes que se detallan en el “Artículo Cuarto” del pacto social primitivo, los que para estos efectos se entienden por reproducidos en su totalidad. Demás estipulaciones escritura extractada. La Cisterna, 27 de junio de 2024.