CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS VITAHEAL LIMITADA

CVE 2513354
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
10 de junio de 2024
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
10 de junio de 2024
Notario
RAMÓN GARCÍA CARRASCO
Domicilio
Concepción

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Domicilio
ciudad de Concepción
Duración
dos años, contados desde la fecha de esta escritura, y se entenderá renovada tácita y automáticamente, por períodos iguales y sucesivos de cinco años, si ninguno de las socias manifestare su voluntad de ponerle término, mediante declaración efectuada por escritura pública subinscrita al margen de la inscripción del extracto social en el respectivo Registro de Comercio y notificada por carta certificada a los demás socios, con una anticipación de a lo menos seis meses a la fecha de expiración de este contrato o del período de prórroga que estuviere corriendo.- Fallecimiento de alguna de las socias, la sociedad continuará con la socia sobrevivientes y con los herederos de la socia fallecida

Objeto social

la prestación de toda clase de servicios de enfermería, en las diversas ramas o especialidades del área de la salud, y en especial, prestaciones y procedimientos de servicios ambulatorios de salud y demás prestaciones que las socias acuerden en relación con la actividad profesional médica y de la salud; la planificación y desarrollo de proyectos, estudios y asesorías en las diversas áreas de la medicina, a través de la presentación a propuestas públicas o a través de cualquier otro sistema de contratación, tanto a particulares, entidades privadas, entidades públicas, organismos estatales, semifiscales, empresas autónomas del Estado, y Municipalidades; la compra, venta, comercialización, distribución, importación y exportación de toda clase de insumos e implementos de enfermería; la compra, venta, y arrendamiento de toda clase de bienes muebles e inmuebles; la inversión de toda clase de valores y efectos de comercio; y, todo otro objeto que guarde relación o no con las materias antes indicadas y que las socias así determinasen.- Administración, representación y uso de la razón social, corresponderá única y exclusivamente a la socia, señorita Viviana Leonor Martínez Jara, con las facultades indicadas en la cláusula quinta de la escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RAMÓN GARCÍA CARRASCO, Notario Público Titular de Concepción, con Oficio en Rengo 444, Concepción, certifico: Que por escritura pública de fecha 10.06.2024, Rep.n°6.112-1014, ante mí, EVELYN JEANNETTE VLAJOVICH OPAZO, domiciliada en calle rehue seiscientos cincuenta, torre araucarias, departamento mil dos, de la comuna de San Pedro de la Paz, Región del Bio – Bio, VIVIANA LEONOR MARTÍNEZ JARA, domiciliada en calle salas doscientos cuarenta y cinco departamento cuatrocientos cuatro, de la comuna de Concepción, Región del Bio-Bio, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada. Razón social: “SERVICIOS VITAHEAL LIMITADA”. La expresión “Limitada” puede usarse abreviada como “Ltda.”, Domicilio social: ciudad de Concepción, sin perjuicio de las agencias, representaciones, oficinas o sucursales que puedan establecerse en otras ciudades del país. -Giro u objeto: la prestación de toda clase de servicios de enfermería, en las diversas ramas o especialidades del área de la salud, y en especial, prestaciones y procedimientos de servicios ambulatorios de salud y demás prestaciones que las socias acuerden en relación con la actividad profesional médica y de la salud; la planificación y desarrollo de proyectos, estudios y asesorías en las diversas áreas de la medicina, a través de la presentación a propuestas públicas o a través de cualquier otro sistema de contratación, tanto a particulares, entidades privadas, entidades públicas, organismos estatales, semifiscales, empresas autónomas del Estado, y Municipalidades; la compra, venta, comercialización, distribución, importación y exportación de toda clase de insumos e implementos de enfermería; la compra, venta, y arrendamiento de toda clase de bienes muebles e inmuebles; la inversión de toda clase de valores y efectos de comercio; y, todo otro objeto que guarde relación o no con las materias antes indicadas y que las socias así determinasen.- Administración, representación y uso de la razón social, corresponderá única y exclusivamente a la socia, señorita Viviana Leonor Martínez Jara, con las facultades indicadas en la cláusula quinta de la escritura extractada. Capital: $2.000.000, doña Evelyn Jeannette Vlajovich Opazo, aporta la suma de un millón de pesos, al contado y en dinero efectivo, representando de esta forma el cincuenta por ciento del capital social; b) doña Viviana Leonor Martínez Jara, aporta la suma un millón de pesos, al contado y en dinero efectivo, representando de esta forma el cincuenta por ciento del capital social; sumas que ingresan en este acto en la caja social, a entera satisfacción de las socias.- Las utilidades y las eventuales pérdidas de la sociedad se distribuirán entre las socias a prorrata de sus respectivos aportes.- Las socias limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. - Duración: dos años, contados desde la fecha de esta escritura, y se entenderá renovada tácita y automáticamente, por períodos iguales y sucesivos de cinco años, si ninguno de las socias manifestare su voluntad de ponerle término, mediante declaración efectuada por escritura pública subinscrita al margen de la inscripción del extracto social en el respectivo Registro de Comercio y notificada por carta certificada a los demás socios, con una anticipación de a lo menos seis meses a la fecha de expiración de este contrato o del período de prórroga que estuviere corriendo.- Fallecimiento de alguna de las socias, la sociedad continuará con la socia sobrevivientes y con los herederos de la socia fallecida. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Concepción, 26 de Junio de 2024.