Inversiones Rapel Limitada
Instrumento
- Fecha
- 18 de junio de 2024
- Repertorio
- 8939-2024
- Comuna
- Santiago
Objeto social
(a) la comercialización, desarrollo, compra, venta al por mayor y al detalle, importación, exportación y distribución de todo tipo de bienes, productos y suplementos relacionados con la alimentación saludable, que sirven en la actualidad o sirvan en el futuro para un consumo saludable, incluyendo la producción y elaboración de dichos bienes, productos y suplementos; (b) La adquisición y enajenación de toda clase de bienes muebles e inmuebles, derechos, privilegios, patentes de invención o marcas registradas, el uso de las licencias que les sean permitidas, todo lo anterior relacionado directa e indirectamente con el objeto señalado en la letra (a) anterior; (c) la realización de inversiones de todo tipo y en cualquier especie de bien, corporal e incorporal, mueble o raíz, y administrar tales inversiones y bienes y percibir sus frutos y rentas; y (d) toda otra actividad que se relacione directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con los objetos mencionados anteriormente”
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Inversiones Rapel Limitada | socio | 77601579-2 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIván Torrealba Acevedo, Notario Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 979, oficina 501, comuna de Santiago, certifico: que, por escritura pública de fecha 18 de junio de 2024, Repertorio N° 8.939-2024, ante mí, don Gustavo Czwiklitzer Sumar y don Alejandro Czwiklitzer Sumar, ambos domiciliados, para estos efectos, en esta ciudad, en calle Manuel Montt N°427, piso 10, comuna de Providencia, en su calidad de únicos socios de Inversiones Rapel Limitada, Rol Único Tributario N°77.601.579-2, inscrita a fojas 69.417, número 48.306, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2012, acordaron: /a/ modificar la razón social, reemplazando íntegramente el artículo segundo del estatuto por el siguiente: “Artículo Segundo: El nombre de la sociedad es Bariatric Value Limitada”; y /b/ modificar el objeto social, reemplazando íntegramente el artículo cuarto del estatuto por el siguiente: “Artículo Cuarto: La sociedad tiene por objeto: (a) la comercialización, desarrollo, compra, venta al por mayor y al detalle, importación, exportación y distribución de todo tipo de bienes, productos y suplementos relacionados con la alimentación saludable, que sirven en la actualidad o sirvan en el futuro para un consumo saludable, incluyendo la producción y elaboración de dichos bienes, productos y suplementos; (b) La adquisición y enajenación de toda clase de bienes muebles e inmuebles, derechos, privilegios, patentes de invención o marcas registradas, el uso de las licencias que les sean permitidas, todo lo anterior relacionado directa e indirectamente con el objeto señalado en la letra (a) anterior; (c) la realización de inversiones de todo tipo y en cualquier especie de bien, corporal e incorporal, mueble o raíz, y administrar tales inversiones y bienes y percibir sus frutos y rentas; y (d) toda otra actividad que se relacione directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con los objetos mencionados anteriormente”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 25 de junio de 2024.