HOMBO Y ZEGERS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 13 de mayo de 2024
- Notario
- Rodrigo Andrés Farías Picón
- Oficio
- Primera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRodrigo Andrés Farías Picón, Abogado, Notario Público Interino de la Primera Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 1160, oficinas 101 y 102, comuna de Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 13 de mayo del año 2024, repertorio número 5.407/2024, ante mí, i) doña MARÍA TERESA CLAUDIA ZEGERS VIAL, domiciliada para estos efectos en calle Barbastro número 11.076, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; y, ii) SUCESIÓN DE KEIKO PATRICIA HOMBO HOMBO, compuesta por doña MARÍA SOLEDAD YUMIKO HOMBO HOMBO, doña EMIKO MARÍA CRISTINA HOMBO HOMBO, don TAKASHI FRANCISCO HOMBO HOMBO y doña RURIKO PAULINA HOMBO HOMBO, debidamente representada por doña MARÍA SOLEDAD YUMIKO HOMBO HOMBO y domiciliada para estos efectos en calle Martín Alonso Pinzón N°4.886, departamento 501, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; en sus calidades de actuales y únicos socios de la sociedad “HOMBO Y ZEGERS LIMITADA”, inscrita a fojas 25.242, número 20.513 del Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año 1994, acordaron su división y modificación en los siguientes términos: I. División: Socios acordaron división de la sociedad “HOMBO Y ZEGERS LIMITADA”, en dos sociedades, subsistiendo la primera bajo misma razón social de la sociedad “HOMBO Y ZEGERS LIMITADA”, y constituyéndose con motivo de la división una nueva sociedad por acciones bajo la razón social "INVERSIONES HOMBO Y ZEGERS II SpA". II. Disminución de Capital: Socios acordaron disminuir capital de la sociedad “HOMBO Y ZEGERS LIMITADA”, desde la suma actual ascendente a $1.000.000 a la suma de $30.280, mediante una disminución de su capital social en la cantidad de $969.720, acordando modificar el artículo sexto del pacto social, que queda del siguiente tenor: “ARTÍCULO SEXTO: El capital de la sociedad es la suma de $30.280, que los socios aportaron y enteraron en arcas sociales con anterioridad a esta fecha, y se encuentra distribuido entre ellos en las siguientes cantidades y proporciones: i) doña MARÍA TERESA CLAUDIA ZEGERS VIAL, con la suma de $15.140 equivalente al 50% del capital social de la Sociedad; y, ii) la SUCESIÓN DE KEIKO PATRICIA HOMBO HOMBO, con la suma de $15.140 equivalente al 50% del capital social de la Sociedad.” III. Modificación Artículo Tercero relativo al objeto del Pacto Social de HOMBO Y ZEGERS LIMITADA”. Actuales y únicos socios de la sociedad “HOMBO Y ZEGERS LIMITADA” acuerdan modificar el artículo Tercero por uno del siguiente tenor: “El objeto de la sociedad será la compraventa de sitios y otros inmuebles; la demolición de edificios y construcciones de cualquier especie; el estudio, la construcción, por cuenta propia o ajena, de casas, edificios y otros; la representación de firmas nacionales o extranjeras; la construcción de condominios, por cuenta propia o ajena; la urbanización de predios; la compraventa de toda clase de inmuebles; la gestión de corretaje de propiedades, de arrendamiento y de uso de condominios y todo tipo de inmuebles; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; así como cualquier otro negocio que acordaren los socios.”. IV. Modificación Artículo Octavo relativo a la Administración del Pacto Social de “HOMBO Y ZEGERS LIMITADA”. No siendo materia de extracto. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 21 de junio de 2024.