MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Asesorías Barros y Celedón Asociados Limitada

CVE 2513109
Capital
$100.000 CLP
Fecha instrumento
24 de mayo de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
24 de mayo de 2024
Notario
KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ
Domicilio
don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$100.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago, dentro del territorio jurisdiccional de los juzgados de letras en lo civil con asiento en la comuna de Santiago
Duración
Tres años contados desde fecha de escritura extractada. Dicho plazo se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales de tres años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarlo mediante una declaración en tal sentido que conste por escritura pública y de la cual se tome nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción social, con a lo menos seis meses de anticipación al vencimiento del respectivo período

Objeto social

La prestación de servicios de asesoría en el área jurídica, inmobiliaria y docente, tanto en Chile como en el extranjero, y la inversión en toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, derechos en sociedades de personas, valores mobiliarios, títulos de crédito, derechos litigiosos y demás títulos e instrumentos de inversión públicos y privados, y la administración de tales inversiones y sus frutos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogada, Notario Público Suplente de don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, Santiago, certifico que, por escritura pública de fecha 24 de mayo del año 2024, de Repertorio número 6.541-2024, ante el Notario Público Titular don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Víctor Alfredo Barros Echeverría y doña María Verónica Celedón Morandé, ambos domiciliados para estos efectos en esta ciudad, San Crescente 280, departamento 1101, comuna de Las Condes, acordaron transformar la sociedad colectiva civil “Barros y Celedón Asociados” en una de responsabilidad limitada, fijándose sus estatutos de los cuales extracto lo siguiente: Razón Social: “Asesorías Barros y Celedón Asociados Limitada”, pudiendo usar para efectos comerciales, bancarios, de publicidad, o todo otro tipo, la expresión “Asesorías Barros y Celedón Asociados Ltda.”. Objeto: La prestación de servicios de asesoría en el área jurídica, inmobiliaria y docente, tanto en Chile como en el extranjero, y la inversión en toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, derechos en sociedades de personas, valores mobiliarios, títulos de crédito, derechos litigiosos y demás títulos e instrumentos de inversión públicos y privados, y la administración de tales inversiones y sus frutos. Domicilio: Ciudad de Santiago, dentro del territorio jurisdiccional de los juzgados de letras en lo civil con asiento en la comuna de Santiago, sin perjuicio que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero. Duración: Tres años contados desde fecha de escritura extractada. Dicho plazo se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales de tres años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarlo mediante una declaración en tal sentido que conste por escritura pública y de la cual se tome nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción social, con a lo menos seis meses de anticipación al vencimiento del respectivo período. Capital: $100.000, que los socios han aportado por partes iguales y pagado en dinero. Responsabilidad de socios: Limitada al monto de sus respectivos aportes. Administración y uso razón social: Corresponderá a uno cualquiera de los socios don Víctor Alfredo Barros Echeverría y doña María Verónica Celedón Morandé, quienes actuando individualmente, representarán a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes según consta de escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador este extracto para su legalización. Santiago, 25 de junio de 2024.