SUR CONSTRUCCIONES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Instrumento
- Notario
- ALBERTO MOZO AGUILAR
- Oficio
- 40° Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $4.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO MOZO AGUILAR, Abogado, Notario Público, Titular 40° Notaría Santiago, Teatinos N° 332, certifico: Por escritura pública hoy ante mí, Don BERNARDO HUAICHALAF SANTOS, domiciliado en San Pablo 5986, Lo Prado, Región Metropolitana y, doña SONIA LUISA ECHEVERRIA CATALAN, domiciliada en Enco 1071, Pudahuel, Rectificaron, modificaron y sanearon sociedad “SUR CONSTRUCCIONES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, capital social de $4.000.000, RUT 76.446.184-3, inscrita a fojas 35458, N° 19650 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2016.- Por el presente instrumento los socios de con un acuerdo y como únicos socios, acuerdan en complementar y modificar la cláusula Cuarta del estatuto social, referente que don BERNARDO HUAICHALAF SANTOS, se le faculta a realizar los siguientes tramites: Cobrar, percibir y emitir Vale Vistas, percibir dineros y objeto de todo tipo, ya sean al contado, cheques, vale a la vista, y cualquier documento valorado, se faculta según el Articulo tres numeral diez del Código de Comercio. Se complementa la escritura de constitución de la sociedad, ya citada, con la siguiente cláusula: Que se faculta al portador de copia autorizada de esta escritura o de su respectivo extracto, para requerir y firmar las inscripciones, subinscripciones y anotaciones que procedan en los respectivos registros del Conservador de Bienes Raíces y de Comercio correspondiente. Se modifica la cláusula sexta del pacto social por el siguiente “SEXTO: Para todos los efectos legales los comparecientes fijan domicilio en la ciudad de Santiago. Asimismo, las partes de común acuerdo pactan que don BERNARDO HUICHALANF SANTOS, deberá rendir cuentas de la sociedad, informar y pedir autorización a la socia doña SONIA LUISA ECHEVERRÍA CATALÁN, sobre las gestiones de solicitud de crédito, utilidades de la sociedad, sobre solicitud de cuentas corrientes, y deudas de dicha sociedad”. En lo no modificado por el presente instrumento se mantienen vigentes en pacto social. - Otras estipulaciones en ella. Santiago, 21 de enero de 2022.