MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA DE ÁRIDOS EXPRESS B & C LIMITADA

RUT 76444574-0 CVE 2512599
Notaría
La Serena

Instrumento

Repertorio
1402-2024
Notario
ALEJANDRO TOMÁS VIADA OVALLE
Oficio
Sexta Notaria de La Serena
Comuna
La Serena

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALEJANDRO TOMÁS VIADA OVALLE, Abogado, Notario Público Titular de la Sexta Notaria de La Serena, certifica que por escritura pública Repertorio N° 1.402 - 2024 de fecha ocho de Junio del año dos mil veinticuatro, ante Don DIEGO MATÍAS TELLO PÉREZ, Abogado, Notario Público Suplente de la Sexta Notaría de esta ciudad, ambos con oficio en calle Huanhualí, número doscientos noventa y dos, de la Ciudad y Comuna de La Serena, comparecieron: Don TITO DAVID BRAVO CUELLAR, domiciliado en las Rosas numero dos siete nueve ocho, Compañía Alta, La Serena; Don HERMAN ARIEL GUERRERO YAÑEZ, domiciliado en calle Alemania número dos mil trescientos noventa y cinco, Compañía Alta, La Serena; Doña JOSEFA AMANDA GUERRERO BRAVO, domiciliada en calle Alemania número dos mil trescientos noventa y cinco, Compañía Alta, La Serena; y, don JAVIER EMILIO BRAVO LAMAS, domiciliado en calle Las Rosas número dos mil setecientos noventa y ocho, Compañía Alta, La Serena; modificaron: “SOCIEDAD COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA DE ÁRIDOS EXPRESS B & C LIMITADA”, o "B & C ÁRIDOS EXPRESS LTDA.", cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial número cuarenta y un mil cuatrocientos ochenta y dos, de fecha trece de junio del año dos mil dieciséis, inscribiéndose a fojas setecientos quince, número trescientos catorce, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena, correspondiente al año dos mil dieciséis. Posteriormente, con fecha diecinueve de junio del año dos mil diecisiete, se modificó la sociedad mediante escritura pública, ante don Óscar Fernández Mora, Notario Público Titular, de la ciudad de La Serena, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial número cuarenta y un mil ochocientos seis, de fecha doce de julio del año dos mil diecisiete, inscribiéndose a fojas mil veintiuno, número trescientos ochenta y nueve, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena, correspondiente al año dos mil diecisiete. Posteriormente, con fecha siete de enero del año dos mil diecinueve, se modificó la sociedad mediante escritura pública, cambiando su Razón Social a la actual, ante don Óscar Fernández Mora, Notario Público Titular, de la ciudad de La Serena, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial número cuarenta y dos mil doscientos sesenta y tres, de fecha veinticinco de enero del año dos mil diecinueve, inscribiéndose a fojas ciento ochenta y cinco, número sesenta y cuatro, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena, correspondiente al año dos mil diecinueve. Posteriormente, con fecha tres de enero del año dos mil veinticuatro, se modificó la sociedad mediante escritura pública, ante don Alejandro Tomás Viada Ovalle, Notario Público Titular, de la ciudad de La Serena, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial número cuarenta y tres mil setecientos cincuenta y ocho, de fecha veinticuatro de enero del año dos mil veinticuatro, inscribiéndose a fojas doscientos veintisiete, número sesenta y cinco, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena, correspondiente al año dos mil veinticuatro. A la fecha la sociedad referida no tiene otras modificaciones. La modificación consiste en lo siguiente: 1) Don HERMAN ARIEL GUERRERO YAÑEZ, vende cede y transfiere a doña JOSEFA AMANDA GUERRERO BRAVO, quién compra y adquiere para sí, el sesenta por ciento del total de los derechos que le corresponden o puedan a futuro corresponderle sobre la “SOCIEDAD COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA DE ÁRIDOS EXPRESS B & C LIMITADA”, o "B & C ÁRIDOS EXPRESS LTDA.", (equivalentes a un cincuenta y nueve coma cuatro por ciento de los derechos sociales), El precio de esta cesión es la suma de cuatro millones de pesos pagaderos al contado, en dinero efectivo, que la cesionaria entrega en este acto al cedente, quien declara recibirlos a su entera y completa conformidad; 2) Don HERMAN ARIEL GUERRERO YAÑEZ, vende cede y transfiere a don JAVIER EMILIO BRAVO LAMAS, quién compra y adquiere para sí, el veintiocho por ciento del total de los derechos que le corresponden o puedan a futuro corresponderle sobre la “SOCIEDAD COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA DE ÁRIDOS EXPRESS B & C LIMITADA”, o "B & C ÁRIDOS EXPRESS LTDA.", (equivalentes a un veintisiete coma setenta y dos por ciento de los derechos sociales), El precio de esta cesión es la suma de dos millones de pesos pagaderos al contado, en dinero efectivo, que el cesionario entrega en este acto al cedente, quien declara recibirlos a su entera y completa conformidad; 3) Se modifica la cláusula décimo primera, quedando de la siguiente forma: “La sociedad no se disuelve en caso de fallecimiento, incapacidad sobreviviente, insolvencia de algún socio o de insolvencia de la sociedad o de cualquier otro suceso que afecte la libre disposición de los bienes, sea de la sociedad o de algún socio. La sociedad continúa en tales eventos que se refieren a un socio, con los herederos o causahabientes del socio respectivo, representados por quien corresponda en derecho o por un mandatario común, que deberá designarse dentro del plazo de noventa días de ocurrido el respectivo evento. En el referido caso de fallecimiento del socio administrador don TITO DAVID BRAVO CUELLAR, la administración y representación de la sociedad, uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá, a dos de los socios sobrevivientes, quienes deberán actuar conjuntamente, única y exclusivamente a la socia doña JOSEFA AMANDA GUERRERO BRAVO. Y, 4) Las utilidades y eventuales pérdidas de la sociedad se distribuirán entre los socios de la siguiente forma: Don Herman Ariel Guerrero Yáñez, con un once coma ochenta y ocho por ciento, doña Josefa Amanda Guerrero Bravo, con un cincuenta y nueve coma cuatro por ciento, don Javier Emilio Bravo Lamas, con un veintisiete coma setenta y dos por ciento y don Tito David Bravo Cuellar con un uno por ciento; En todo lo no modificado por este instrumento, seguirán vigentes estipulaciones pacto social original. Demás estipulaciones en escritura que extracto. La Serena, a veintiuno de Junio del año dos mil veinticuatro.