Inversiones y Comercial Génesis Limitada
Instrumento
- Fecha
- 31 de mayo de 2024
- Repertorio
- 2357/2024
- Notario
- CECILIA GALVEZ PINO
- Domicilio
- Viña del Mar
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCECILIA GALVEZ PINO, Abogado, Notario Público Titular, con domicilio en Viña del Mar, y de oficio en Avenida Libertad número mil ciento cincuenta y cinco – A, certifico que por escritura de fecha 31/05/2024, repertorio N°2.357/2024, ante Maximiliano Andrés Orrego Valenzuela, Notario Suplente de la Titular, comparecieron: doña María Lucy Cárdenas Bahamonde, cédula nacional de identidad número seis millones quinientos quince mil quinientos setenta guión dos, domiciliada en calle La Paz número quinientos treinta y dos, Quilpué; doña Natalia Fabiola Vásquez Cárdenas, cédula nacional de identidad número diez millones setecientos dos mil trescientos ochenta y cinco guión dos, domiciliada en calle Eleuterio Ramírez número mil ciento noventa y nueve, departamento sesenta y dos, Condominio Parque del Sol, Quilpué; y don Enrique Christian Vásquez Cárdenas, cédula nacional de identidad número diez millones setecientos mil setecientos treinta y dos guion seis, domiciliado en calle Trece Norte número ochocientos cincuenta y tres, departamento ochocientos tres, Viña del Mar; quienes acordaron, respecto de la sociedad Inversiones y Comercial Génesis Limitada, Rut número setenta y seis millones ochocientos ochenta y cuatro mil quinientos ochenta guion ocho, inscrita a fojas setenta y seis vuelta, número setenta y siete, año dos mil siete, modificada a fojas ciento treinta y tres vuelta, número ciento treinta y seis, y a fojas noventa y dos, número ochenta, año dos mil nueve, todas del Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de Quilpué, lo siguiente: i) la venta y cesión de la totalidad de los derechos sociales de doña María Lucy Cárdenas Bahamonde en favor de don Enrique Christian Vásquez Cárdenas y de doña Natalia Fabiola Vásquez Cárdenas; ii) la aceptación del retiro de la sociedad de doña María Lucy Cárdenas Bahamonde, quedando como únicos socios Enrique Christian Vásquez Cárdenas y Natalia Fabiola Vásquez Cárdenas; iii) la modificación de las siguientes cláusulas estatutarias por parte de los nuevos socios: a) Cláusula cuarta. La administración, representación y uso de la razón social le corresponderá en forma indistinta y separada a doña Natalia Fabiola Vásquez Cárdenas y a don Enrique Christian Vásquez Cárdenas, con las facultades enunciadas en la cláusula quinta del estatuto social. b) Cláusula sexta. El capital de la sociedad será la suma de ciento diez millones de pesos que los socios aportaron de la siguiente forma: El socio don Enrique Christian Vásquez Cárdenas aporta sesenta y seis millones de pesos, de los cuales enteró en dinero y en derechos en bienes raíces la suma de veintitrés millones ochocientos sesenta y tres mil treinta y un pesos y el saldo de cuarenta y dos millones ciento treinta y seis mil novecientos sesenta y nueve pesos en los términos indicados en escritura extractada; y la socia Natalia Fabiola Vásquez Cárdenas aportó la cantidad de cuarenta y cuatro millones de pesos, ya enterados. c) Cláusula Séptima. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. d) Cláusula décimo segunda. AI treinta y uno de diciembre de cada año se practicará un Balance General de las negociaciones sociales. Los beneficios y las pérdidas se distribuirán entre los socios de acuerdo a sus respectivos aportes. Demás cláusulas en escritura extractada. En Viña del Mar, a 26 de junio de 2024.