MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA ESPERANZA LIMITADA

RUT 76147875-3 CVE 2512726
Capital
$15.000.000 CLP
Notaría
Santiago

Instrumento

Notario
ALBERTO MOZO AGUILAR
Oficio
40° Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$15.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALBERTO MOZO AGUILAR, Abogado, Notario Público, Titular 40° Notaría Santiago, Teatinos N° 332, certifico: Por escritura pública hoy ante mí, comparecen: doña SU YUN WU DE CHUNG; don KUANG HUNG CHUNG; y don CHIEN-YUAN CHUNG, todos domiciliados en Claudio Arrau N° 7782, Pudahuel, modificaron sociedad “INMOBILIARIA ESPERANZA LIMITADA”, capital social de $15.000.000, RUT N° 76.147.875-3, sociedad, inscrita fojas 22525, N° 17080, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año 2011. Doña SU YUN WU DE CHUNG, vende, cede y transfiere a don CHIEN-YUAN CHUNG, quien compra, acepta y adquiere para sí, un 25% de los derechos que posee en la sociedad. El precio de esta cesión es la suma de $5.000.000 los cuales se pagarán de la siguiente forma: a) $1.000.000, que el cesionario paga en este acto, al contado, a su entera satisfacción de la cedente y, b) $4.000.000 que se pagarán al contado, en un plazo máximo de 5 años a contar de esta fecha. Don KUANG HUNG CHUNG, vende, cede y transfiere a don CHIEN-YUAN CHUNG, quien compra, acepta y adquiere para sí, un 25% de los derechos que posee en la sociedad. El precio de esta cesión es la suma de $5.000.000 los cuales se pagarán de la siguiente forma: a) $1.000.000, que el cesionario paga en este acto, al contado, a su entera satisfacción de la cedente y, b) $4.000.000 que se pagarán al contado, en un plazo máximo de 5 años a contar de esta fecha. En virtud de las cesiones de derechos antes referida, quedan como únicos socios de la sociedad “INMOBILIARIA ESPERANZA LIMITADA”, doña SU YUN WU DE CHUNG, con un 25% de derechos sociales; don KUANG HUNG CHUNG, con un 25% de derechos sociales; y don CHIEN-YUAN CHUNG, con un 50% to de derechos sociales. En todo lo no modificado por este instrumento queda plenamente vigente el pacto social. - Otras estipulaciones en ella. Santiago, 30 de mayo de 2024.