INMOBILIARIA CESAR SANHUEZA DEL VALLE SpA
Instrumento
- Fecha
- 25 de junio de 2024
Sociedad
- Capital
- $30.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSERGIO WALDO ARENAS BENONI, Abogado, Notario Titular de La Cisterna, Gran Avenida J.M. Carrera N° 7930, certifico que por escritura de fecha 25.06.2024, ante mí, CÉSAR ALFREDO SANHUEZA DEL VALLE, chileno, acuerdo de unión civil, empresario, C.I. Nº 13.458.270-7, Comandante Soza 9221, La Cisterna, único accionista de la sociedad “INMOBILIARIA CESAR SANHUEZA DEL VALLE S.p.A.”, constituida por escritura pública de fecha 30.08.2017, otorgada ente el Notario Público que suscribe, su extracto se inscribió en el Registro de Comercio del C.B.R. de Santiago, a fojas 67.507 N° 36.338, del año 2017, y se publicó en el Diario Oficial N° 41.853, el 06.09.2017. Capital Vigente: $30.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal, las que se encuentran totalmente suscritas y pagadas por el constituyente en el acto. Ámbito de la Modificación: El compareciente, único accionista, de la sociedad acuerda modificar el pacto constitutivo de ésta, en su “TITULO PRIMERO” en lo que respecta al “objeto”, ampliándolo con siguientes actividades: “Cultivo de uva destinada a la producción de vino; elaboración y comercialización de vino; alquiler de bienes inmuebles amoblados o con equipos y maquinarias; compra, venta, comercialización de bienes muebles e inmuebles y/o cualquier otra actividad que acuerden los socios se relacione o no con los giros mencionados anteriormente”.. Con motivo de la incorporación de éstas actividades al objeto social, éste queda de la siguiente manera: “El objeto de la sociedad será: Arrendamiento, compra y venta y en general adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también desarrollo de cualquier tipo de proyectos inmobiliarios; además, podrá, invertir en bienes muebles corporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Podrá además tener por objeto la prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de instalaciones de oficinas, galpones, locales comerciales habitaciones sin muebles y amobladas. Podrá además dedicarse al cultivo de uva destinada a la producción de vino; elaboración y comercialización de vino; alquiler de bienes inmuebles amoblados o con equipos y maquinarias; compra, venta, comercialización de bienes muebles e inmuebles y/o cualquier otra actividad que acuerden los socios que se relacione o no con los giros mencionados anteriormente”. Demás estipulaciones escritura extractada. La Cisterna, 25 de junio de 2024.-