Asesorías e Inversiones Mis Ángeles Limitada
Instrumento
- Fecha
- 14 de junio de 2024
- Repertorio
- 5169-2024
- Notario
- PATRICIO RABY BENAVENTE
- Oficio
- Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $862.963 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO RABY BENAVENTE, Notario Público, Titular de la Quinta Notaría de Santiago, domiciliado en Gertrudis Echenique 30, oficina 32, Las Condes, certifico: por escritura pública de fecha 14 de junio de 2024, repertorio N° 5.169-2024, ante mí, Asesorías e Inversiones Escorpiones Limitada, rol único tributario N° 77.089.330-5, domicliado para estos efectos en Avenida Andrés Bello 2.687, Piso 20, comuna de Las Condes y Carolina Awad Canala-Echevarría, domiciliada para estos efectos en Avenida Paseo Pie Andino 7.690, departamento F, comuna de Lo Barnechea, en sus calidades de únicos socios de la sociedad de responsabilidad limitada Asesorías e Inversiones Mis Ángeles Limitada (rol único tributario N° 77.646.890-8, inscrita a fs. 23.000, N° 18.573 Registro de Comercio de Santiago del año 2001, la “Sociedad”), resolvieron dividir la Sociedad, producto de lo cual se constituyó a partir de esta una nueva sociedad denominada Asesorías e Inversiones Mis Ángeles II Limitada, a la que se asignaron los activos y delegaron los pasivos de la Sociedad que se detallan en la escritura extractada. Para los efectos de la división antedicha, se acordó disminuir el capital de la Sociedad ascendente a 1.000.000 pesos, en la cantidad de 862.963 pesos. El total de dicha disminución de capital fue asignada a Asesorías e Inversiones Mis Ángeles II Limitada. En consecuencia, el nuevo capital de la Sociedad es la cantidad de 137.037 pesos, íntegramente pagado. En consecuencia, se reemplazó el Artículo Septimo de los estatutos de la Sociedad, por el siguiente: “SÉPTIMO: Capital. El capital de la sociedad es la suma de ciento treinta y siete mil treinta y siete pesos, aportado y pagado por sus socios en las siguientes cantidades y proporciones: (A) CAROLINA AWAD CANALA-ECHEVARRÍA, con la suma de ciento treinta y cinco mil seiscientos sesenta y siete pesos, equivalentes al noventa y nueve por ciento de los derechos sobre el capital social; y (B) ASESORÍAS E INVERSIONES ESCORPIONES LIMITADA, con la suma de mil trescientos setenta pesos, equivalentes al uno por ciento de los derechos sobre el capital social.”.- El extracto correspondiente a la sociedad que nace de la división consta en forma separada de conformidad con el artículo 150 del Reglamento de Sociedades Anónimas.- Asimismo, los socios resolvieron modificar los Articulos Quinto y Sexto de los estatutos de la Sociedad relativos a la administracion y uso de la razon social y a las facultades de administración, respectivamente. En consecuencia, respecto a aquello que es materia de extracto, el Artículo Quinto de los estatutos de la Sociedad, se reemplazó por el siguiente: QUINTO: La administración de la Sociedad, el uso de la razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a don Rodrigo Juan Muñoz Muñoz. En caso de fallecimiento, ausencia o incapacidad de don Rodrigo Juan Muñoz Muñoz, lo que será necesario acreditar frente a terceros, el uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderá a doña Javiera Andrea Muñoz Awad, doña Valentina Ignacia Muñoz Awad, don Cristóbal Joaquín Muñoz Awad, don Tomas Benjamín Muñoz Awad y don Vicente Nicolas Muñoz Awad, actuando cuatro de ellos en conjunto”.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 19 de junio de 2024.- P. Raby Benavente. N. P.