MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD INMOBILIARIA HORIZONTE LIMITADA

RUT 76483570-0 CVE 2512393
Capital
$51.500.000 CLP
Fecha instrumento
24 de junio de 2024
Notaría
Pública de Santiago

Instrumento

Fecha
24 de junio de 2024
Repertorio
4527-2024
Notario
PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
Oficio
2ª Notaría Pública de Santiago
Comuna
Pública de Santiago

Sociedad

Capital
$51.500.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Abogado, Notario Público de la 2ª Notaría Pública de Santiago, con oficio en Avenida La Dehesa, número 1201, comuna de Lo Barnechea, certifica que: por escritura pública de fecha 24 de junio de 2024, bajo el repertorio N° 4527 - 2024, ante mí, comparecieron: i) don Sergio Pizarro Valenzuela, cédula de identidad número 6.598.937-9; ii) Inversiones HSW SpA, rol único tributario N° 77.465.569-7; y iii) Inversiones JS SpA, rol único tributario N° 77.465.577-8, todos domiciliados en Avenida Alonso de Córdova N° 2.600, oficina 31, comuna de Vitacura; quienes debidamente representadas modificaron los estatutos de la sociedad SOCIEDAD INMOBILIARIA HORIZONTE LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario número 76.483.570-0, inscrita a fojas 14.451, N° 7.279 en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 1989 (en adelante, la “Sociedad”), en el sentido de disminuir el capital de la Sociedad al efectivamente pagado. Por lo anterior, modificaron el artículo quinto de los estatutos relativo al capital por el siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $51.500.000, íntegramente suscrito y pagado, que los socios han enterado en la siguiente forma y proporción: /a/ don Sergio Pizarro Valenzuela, con un 0,5% aproximado de los derechos sociales, equivalentes a $250.000; /b/ Inversiones HSW SpA, con un 49,75% aproximado de los derechos sociales, equivalentes a $25.625.000; y c) Inversiones JS SpA, con un 49,75% aproximado de los derechos sociales, equivalentes a $25.625.000. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes.” De de esta manera los socios, unánimemente, dieron cuenta de la disminución de capital de la Sociedad hasta el monto efectivamente pagado. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 25 de junio de 2024.