CONSTRUCTORA VERGARA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 10 de junio de 2024
- Notario
- IVONNE PILAR ELGUETA CANCINO
- Oficio
- Segunda Notaría de Cauquenes; con oficio en calle Victoria N° 459
- Comuna
- Cauquenes
Sociedad
- Capital
- $15.000.000 CLP
- Domicilio
- Cauquenes
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| CONSTRUCTORA VERGARA LIMITADA | socio | 76076268-7 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVONNE PILAR ELGUETA CANCINO, Notario Público Interino de la Segunda Notaría de Cauquenes; con oficio en calle Victoria N° 459, Cauquenes. Certifico: por escritura pública de fecha 10 de Junio de 2024, repertorio número 822-2024, ante mí, comparecen: JUAN ALBERTO VERGARA BRAVO, C.I. 13.615.263-7, con domicilio en calle carrera número 112, de la ciudad y comuna de Cauquenes; y ELIZABETH SCARLETT CANALES SOTOMAYOR, C.I. 13.434.468-7, Villa Las Mercedes, pasaje 1 número 767, de la ciudad y comuna de Cauquenes, quienes modificaron y transformaron CONSTRUCTORA VERGARA LIMITADA, RUT 76.076.268-7, inscrita a fojas 58 vuelta número 67 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Cauquenes, capital $15.000.000.-, en los siguientes sentidos, de lo cual se extracta lo siguiente: 1.- CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES. Doña ELIZABETH SCARLETT CANALES SOTOMAYOR vendió, cedió y transfirió la totalidad de los derechos sociales de los cuales era dueña, esto es el 2,67% del total de los derechos sociales de CONSTRUCTORA VERGARA LIMITADA, a don JUAN ALBERTO VERGARA BRAVO, quien los compró, aceptó y adquirió para sí, en la suma de $1.000.000, que fueron pagados en dicho acto al contado y dinero efectivo, cantidad que la vendedora declaró recibirlo a su entera satisfacción. 2.- NUEVA PARTICIPACIÓN SOCIAL Y TRANSFORMACIÓN, REPACTO Y TEXTO REFUNDIDO. Don JUAN ALBERTO VERGARA BRAVO, en su calidad de único socio de CONSTRUCTORA VERGARA LIMITADA, resuelve transformar la sociedad de responsabilidad limitada, en una sociedad por acciones, cuya razón social será “CONSTRUCTORA VERGARA SpA, fijando el nuevo y refundido texto de los estatutos, de la cual extracto lo siguiente: NOMBRE: “CONSTRUCTORA VERGARA SpA”. ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD: La administración, representación y el uso del nombre de la compañía corresponderá, en calidad de administrador estatutario, a don JUAN ALBERTO VERGARA BRAVO, cédula nacional de identidad número 13.615.263-7, con las más amplias facultades, debiendo anteponer su firma al nombre de la Compañía. CAPITAL: El capital de la Sociedad, será de $15.000.000, dividido en 1.500 acciones, todas nominativas, de igual valor, sin valor nominal, de una misma clase, las que se suscribieron y pagaron por el único accionista don JUAN ALBERTO VERGARA BRAVO, mediante el capital de la sociedad original que se transformó, y que ingresan en arcas sociales de la nueva sociedad por acciones transformada. En consecuencia, se declara íntegramente aportado y enterado el capital social. En consecuencia, quedó suscrito y pagado el cien por ciento del capital social. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto: La construcción, edificación, montaje, explotación y compraventa de todo tipo de obras de ingeniería civil, sean estas habitacionales, educacionales, comerciales, industriales, agrícolas, mineras u obras públicas; Realización por cuenta propia o ajena de estudios y proyectos de Ingeniera, arquitectura, factibilidad, jurídicos, económicos y financieros; prestación de asesorías y consultorías en tales materias; fabricación, extracción, transformación, obtención y comercio interno e internacional de materias, útiles, implementos y maquinarias de construcción; Edificación y montaje, pudiendo actuar en la consecución de sus fines, por cuenta propia o ajena, sola o asociada con otras personas naturales o jurídicas dentro o fuera del país; Construcción de inmuebles por administración o por suma alzada; Cualquier otra actividad relacionada directamente con los objetos señalados que acuerden los socios.- DURACIÓN: La sociedad tendrá duración indefinida.- DOMICILIO: Cauquenes.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Cauquenes, 26 de junio de 2024.