COMERCIAL Y TRANSPORTES “ARRIVE LIMITADA”
Instrumento
- Fecha
- 17 de junio de 2024
- Repertorio
- 114
- Notario
- Viviana Nicole Segura Donoso
- Domicilio
- don Ricardo Fontecilla Gallardo
- Comuna
- Puerto Varas con Oficio en
Sociedad
- Capital
- $50.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalViviana Nicole Segura Donoso, Notario Público Suplente de don Ricardo Fontecilla Gallardo, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Puerto Varas con Oficio en Llanquihue, Avenida Vicente Pérez Rosales Nº213, certifico que, por escritura ante mi, de fecha 17 junio 2024, PATRICIO RICARDO ARRIVE SCHURCH, con domicilio en kilómetro dos camino a Los Bajos, Frutillar; PASCAL ANRRIET ARRIVE CORTESI, con domicilio en Fundo el Roble km. trece camino a Loncotoro, Llanquihue y KAREN IRMA ARRIVE CORTESI, con domicilio en Fundo el Roble km. trece camino a Loncotoro, Llanquihue, exponen lo siguiente: PATRICIO RICARDO ARRIVE SCHURCH declara que por escritura pública suscrita Notaria de Victoria de don Federico Antonio Oyarce Birchmeier, de 22 diciembre 1992, repertorio 114, conjuntamente con TERESITA ANGELINA CORTESI BALOTTA, actualmente fallecida, constituyeron sociedad responsabilidad limitada COMERCIAL Y TRANSPORTES “ARRIVE LIMITADA”, nombre fantasía “TRANSPORTES ARRIVE LIMITADA”, RUT N°78.355.260-4, cuyo extracto fue publicado edición 34.463 Diario Oficial de 12/01/1993 e inscrita registro Comercio Conservador Victoria a fojas 5 vuelta N° 4 año 1993.- Capital inicial $50.000.000, aportado así: don PATRICIO RICARDO ARRIVE SCHURCH aportó $45.000.000 y TERESITA ANGELINA CORTESI BALOTTA, aportó $5.000.000. Con motivo fallecimiento TERESITA ANGELINA CORTESI BALOTTA, se dejó debida nota al margen inscripción social que posesión efectiva fue dictada por resolución exenta 6492 del Servicio de Registro Civil e identificación el 10/05/2022 inscribiéndose registro civil bajo N°34.000 del año 2022, concediéndose a PATRICIO RICARDO ARRIVE SCHURCH, en su calidad de cónyuge sobreviviente y a sus hijas doña PASCAL ANRRIET ARRIVE CORTESI y a doña KAREN IRMA ARRIVE CORTESI. Que, el interés social de la cónyuge fallecida incrementó aquel que tenía originalmente PATRICIO RICARDO ARRIVE SCHURCH e importó además la incorporación de sus hijas doña PASCAL ANRRIET ARRIVE CORTESI y doña KAREN IRMA ARRIVE CORTESI todos en calidad herederos, quedando cada uno con siguiente porcentaje capital social: PATRICIO RICARDO ARRIVE SCHURCH con 95%, PASCAL ANRRIET ARRIVE CORTESI con 2,5% y KAREN IRMA ARRIVE CORTESI con 2,5%. Los comparecientes modifican contrato social así: PATRICIO RICARDO ARRIVE SCHURCH vende, cede y transfiere el total de su interés social a PASCAL ANRRIET ARRIVE CORTESI y a KAREN IRMA ARRIVE CORTESI, quienes compran y adquieren para sí en común y por iguales partes.- El precio es de $50.000.000, que se pagan por las cesionarias en partes iguales y de la forma que se indica en escritura.- Las únicas y actuales socias proceden a reemplazar cláusula CUARTO del pacto social primitivo por el siguiente: “CUARTO: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a las socias doña PASCAL ANRRIET ARRIVE CORTESI y a doña KAREN IRMA ARRIVE CORTESI, conjunta o separadamente, y quienes anteponiendo la razón social a su firma personal, representará y obligará válidamente a la sociedad en todos los actos, declaraciones, contratos y convenciones relacionados con su giro ordinario, con las más amplias facultades a excepción de la limitación que se contiene en la escritura extractada. En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes las cláusulas del pacto social primitivo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Llanquihue, 25 de junio de 2024.