CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORÍAS CONTABLES Y TRIBUTARIAS M&F LIMITADA

CVE 2511935
Capital
$200.000 CLP
Fecha instrumento
18 de junio de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
18 de junio de 2024
Notario
FELIX JARA CADOT
Oficio
41ª Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$200.000 CLP
Duración
La sociedad tendrá una duración de cinco años, contados desde la fecha escritura extractada, plazo que se renovará tácita y sucesivamente por periodos iguales de cinco años, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario, por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces, con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto; a) La prestación de todo tipo de servicios de carácter profesional y)o técnico, dentro o fuera del país, especialmente en materias contabilidad, auditorias, tributarias y asesorías de gestión empresarial; y b) En general, celebrar toda clase de contratos y realizar todos los actos necesarios o convenientes para desarrollar el referido giro social

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Jonathan Andrés Molina Molina y a doña Clara Daniela Figueroa Valenzuela, quienes actuando individualmente, anteponiendo su nombre y firma a la razón social, representara a la sociedad con las más amplias facultades hasta la suma de cinco millones de pesos, cualquier operación y)o actuación que involucre montos que superen los cinco millones de pesos requerirán la firma conjunta de ambos representantes legales

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FELIX JARA CADOT, Notario Público Titular 41ª Notaria de Santiago, con domicilio en Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Que, por escritura pública hoy, ante mí, JONATHAN ANDRÉS MOLINA MOLINA, con domicilio en Avenida Américo Vespucio cuatro mil seiscientos uno, departamento novecientos dos, comuna de Macul, Santiago, Región Metropolitana; y CLARA DANIELA FIGUEROA VALENZUELA, con domicilio en Los Picaflores cuatrocientos setenta y tres, comuna de Pudahuel, Santiago, Región Metropolitana; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada cuyos estatutos a continuación extracto: Razón social: “ASESORÍAS CONTABLES Y TRIBUTARIAS M&F LIMITADA” pudiendo usar para todos los fines, incluso bancarios y de publicidad el nombre de fantasía “Asesorías M&F Ltda.”. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Jonathan Andrés Molina Molina y a doña Clara Daniela Figueroa Valenzuela, quienes actuando individualmente, anteponiendo su nombre y firma a la razón social, representara a la sociedad con las más amplias facultades hasta la suma de cinco millones de pesos, cualquier operación y/o actuación que involucre montos que superen los cinco millones de pesos requerirán la firma conjunta de ambos representantes legales. Objeto: La sociedad tendrá por objeto; a) La prestación de todo tipo de servicios de carácter profesional y/o técnico, dentro o fuera del país, especialmente en materias contabilidad, auditorias, tributarias y asesorías de gestión empresarial; y b) En general, celebrar toda clase de contratos y realizar todos los actos necesarios o convenientes para desarrollar el referido giro social. Capital: El capital social es la suma de $200.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) Don Jonathan Andrés Molina Molina, la suma de $100.000, equivalentes al 50% del capital social, cantidad que se entera en este acto, al contado y en dinero en efectivo; y, b) Doña Clara Daniela Figueroa Valenzuela, $100.000, equivalentes al 50% del capital social, cantidad que se entera en este acto, al contado y en dinero en efectivo. Duración: La sociedad tendrá una duración de cinco años, contados desde la fecha escritura extractada, plazo que se renovará tácita y sucesivamente por periodos iguales de cinco años, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario, por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces, con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 18 de junio de 2024. Félix Jara Cadot, Notario Público.