MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRÍCOLA LA CONSTANCIA LIMITADA

RUT 76574977-8 CVE 2511937
Capital
$125.440.212 CLP
Fecha instrumento
14 de junio de 2024

Instrumento

Fecha
14 de junio de 2024
Repertorio
6456
Notario
NATALIA VALERIA RAMIREZ ARANDA
Domicilio
Titular de Viña del Mar don ORLANDO ESTEBAN CERDA SILVA

Sociedad

Capital
$125.440.212 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

NATALIA VALERIA RAMIREZ ARANDA, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de Viña del Mar don ORLANDO ESTEBAN CERDA SILVA, con oficio en calle 12 norte 785, piso 1, local 2, Viña del Mar, certifico por Escritura Pública fecha 14 de junio de 2024 repertorio 6456, otorgada ante mí, comparece: SEBASTIÁN DE LAS HERAS SKOKNIC, domiciliado para estos efectos Avenida Libertad 1405, oficina 2001, Viña del Mar, rectifica y complementa escritura pública 03 de mayo de 2024, esta Notaría, que dividió sociedad AGRÍCOLA LA CONSTANCIA LIMITADA, Rut. N° 76.574.977-8, inscrita a fojas 974 N° 810 Registro Comercio Viña del Mar año 2016, en una que subsiste y continúa operando bajo el mismo nombre y razón social, esto es, “AGRÍCOLA LA CONSTANCIA LIMITADA” y otra sociedad constituida ese mismo acto: “INMOBILIARIA SUSTINA SpA”. I. Se rectifica y reemplaza Artículo Quinto estatutos sociales AGRÍCOLA LA CONSTANCIA LIMITADA: “QUINTO.- El capital social es la suma de $126.707.285.-, que los socios han aportado y enterado con anterioridad a esta fecha y en dinero efectivo a la caja social en la proporción y forma que se pasa a indicar: a) Don RICARDO ANTONIO STAMBUK MEDIAVILLA, ha aportado y enterado con anterioridad a esta fecha, en dinero en efectivo a la caja social, la suma de $1.267.073.-, equivalentes al 1 por ciento del capital social. b) INVERSIONES RSM SpA, debidamente representada, ha aportado y enterado con anterioridad a esta fecha, en dinero en efectivo a la caja social, la suma de $125.440.212.-, equivalentes al 99 por ciento del capital social.”. II. Se rectifica y reemplaza Artículo Quinto y Artículo Primero Transitorio estatutos sociales INMOBILIARIA SUSTINA SpA: “Artículo Quinto: Capital. El capital de la Sociedad es la suma de $77.659.303.-, y se encuentra dividido en 10.000.- acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una, que podrá ser pagado en dinero en efectivo o en otros bienes. El capital se entera y paga en la forma establecida en los respectivos artículos transitorios de los estatutos de la Sociedad.”; y “Artículo Primero Transitorio: Suscripción y pago del capital. El capital de la Sociedad es la suma de $77.659.303.-, dividido en 10.000.- acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una. /a/ Don RICARDO ANTONIO STAMBUK MEDIAVILLA suscribe en este acto 100 acciones, por un monto de $776.593.-, que ya se encuentran íntegramente pagado y enterado en las arcas sociales, las cuales representan el 1 por ciento de las acciones en que se divide el capital de la Sociedad; y /b/ INVERSIONES RSM SpA, debidamente representada, suscribe en este acto 9.900.- acciones, por un monto de $76.882.710.-, que ya se encuentran íntegramente pagado y enterado en las arcas sociales, las cuales representan el 99 por ciento de las acciones en que se divide el capital de la Sociedad. Dicho capital queda íntegramente enterado, suscrito y pagado con la parte del patrimonio de AGRÍCOLA LA CONSTANCIA LIMITADA, que se mantiene sobre la base del Balance General de la Sociedad AGRÍCOLA LA CONSTANCIA LIMITADA, del Balance de la sociedad que persiste y del Balance de la nueva sociedad INMOBILIARIA SUSTINA SpA, al 31 de diciembre de 2023, el cual contiene una descripción de los activos, pasivos y patrimonio de AGRÍCOLA LA CONSTANCIA LIMITADA a dicha ficha, junto con una descripción de la forma en que se distribuirán dichos activos, pasivos y patrimonio entre AGRÍCOLA LA CONSTANCIA LIMITADA y la nueva sociedad INMOBILIARIA SUSTINA SpA, luego de la división.” III. Además, se rectifica escritura en menciones que no son materia de extracto. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Viña del Mar, 24 de junio de 2024.