SERVICIOS BOXTREND LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de junio de 2024
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
- Oficio
- 43ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público Titular 43ª Notaría Santiago, Huérfanos 835, Piso 18º, certifica: Por escritura pública de fecha 11 de junio de 2024, ante mí, Jaime Fernando Candia Castillo, Rut 5.129.204-9 y Ximena Paz Candia Corvalán,Rut 9.674.739-K, domiciliados calle San Martín Nº 232, Of. 316, Santiago, Región Metropolitana, modifican sociedad “SERVICIOS BOXTREND LIMITADA”, constituida por escritura pública suscrita ante Notario Gonzalo de la Cuadra Fabres, el 08 Mayo 2014, cuyo extracto se inscribió a fojas 34.880 Nº 21.795 en Reg. Comercio de Santiago, año 2014, publicado D.O. 19 de Mayo 2014. Posteriormente con escritura pública de fecha 14.01.2015, otorgada en la Notaría de Gonzalo de la Cuadra Fabres Titular de la 38ª Notaría de Santiago, extracto inscrito a fojas 5.876 Nº 3.709, del año 2015 y anotada al margen de la inscripción primitiva del Registro de Comercio de Santiago y publicado en el Diario Oficial del 26.01.2015. Finalmente con escritura de fecha 14.01.2016, otorgada en la Notaría de Juan Ricardo San Martín Urrejola, Titular de la 43ª Notaría de Santiago, extracto inscrito a fojas 4896 Nº 2876, del año 2016 y anotada al margen de la inscripción primitiva del Registro de Comercio de Santiago y publicado en el Diario Oficial de 25.01.2016. Modificaciones consisten: a) Socio Jaime Fernando Candia Castillo, vende, cede y transfiere el 31% de sus derechos sociales a la socio doña Ximena Paz Candia Corvalán, quien los compra y adquiere para sí en el precio de $3.918.779, pagados en el acto. A consecuencia de lo cual la sociedad queda conformada por los socios don Jaime Fernando Candia Castillo con un 20% de los derechos en el haber social y doña Ximena Paz Candia Corvalán con un 80% de los derechos en el haber social; b) Los actuales y únicos socios modifican la cláusula cuarta del pacto social referida al objeto de la sociedad por la siguiente: “CUARTA.- El objeto de la sociedad será la prestación de servicios en el área bancaria y afines y además prestar todos los servicios de capacitación referentes al giro social, asesorías y servicios profesionales, servicios de administración y de soportes administrativos, servicios administrativos de cajeros a Municipalidades de la República de Chile y a Organismos Fiscales, Semifiscales y de Administración Autónoma y además a empresas privadas, actividades de agencias de empleo temporal (incluye empresas de servicios transitorios), venta de productos varios y todo otro servicio que los socios acuerden relativos al objeto social”. En todo lo no modificado quedan vigentes las disposiciones del pacto social. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 14 de junio de 2024.