MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES SAN PEDRO Y SANTA ROSA LIMITADA

RUT 76505653-5 CVE 2511415
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
28 de mayo de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
28 de mayo de 2024
Notario
IVÁN TORREALBA ACEVEDO
Oficio
33° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP
Duración
La Sociedad tendrá una duración de cinco años a contar de esta fecha. Al vencimiento de este plazo la sociedad se entenderá automática y sucesivamente renovada por periodos iguales de cinco años cada uno, salvo que alguno de los accionistas manifestare su voluntad en contrario, mediante aviso dado por escritura pública de la que se tome nota al margen de la inscripción social con una antelación mínima de cuatro meses al vencimiento del plazo de que se trate. III) Disminuir el capital social de la sociedad transformada, en $1.470.000. IV) Devolver el capital pagado por la accionista YASNA CAROLINA PÉREZ PÁVEZ, $153.391, con el consecuente retiro de la accionista de la Sociedad V) Nueva modificación de la cláusula del

Objeto social

El objeto de la Sociedad será i) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, constituir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes y; ii) la realización de todo tipo de estudios, asesorías, consultorías y prestación de servicios profesionales en las áreas de desarrollo comercial, económico, financiero, tributario, administrativo, técnico y en general todo otro negocio que se relacione en la actualidad o en el futuro con este cometido, y cualquier otro negocio que acordaren los

Administración

La administración de la sociedad será ejercida por el “Accionista Administrador” de la Sociedad, que será doña JESSICA ANTONIA PÉREZ PÁVEZ

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33° Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos N° 979, oficina 501, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 28 de mayo de 2024, repertorio número 7.840-2024, ante mí suplente, Verónica Torrealba Costabal, doña JESSICA ANTONIA PÉREZ PAVEZ y doña YASNA CAROLINA PÉREZ PAVEZ, domiciliados en Rosario Norte 407, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, acuerdan: I) modificar tipo social de la sociedad “INVERSIONES SAN PEDRO Y SANTA ROSA LIMITADA” y transformarla en una sociedad por acciones, la que será la continuadora legal y sucesora de su personalidad jurídica que subsistirá para todos los efectos legales, sin solución de continuidad. II) ESTATUTOS: RAZÓN SOCIAL:” Inversiones San Pedro y Santa Rosa SpA”. OBJETO: El objeto de la Sociedad será i) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, constituir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes y; ii) la realización de todo tipo de estudios, asesorías, consultorías y prestación de servicios profesionales en las áreas de desarrollo comercial, económico, financiero, tributario, administrativo, técnico y en general todo otro negocio que se relacione en la actualidad o en el futuro con este cometido, y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas. CAPITAL: El capital de la Sociedad es la suma de $3.000.000, dividido en 3.000.000 de acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, las que se han suscrito y pagado de la siguiente manera: a) Jessica Antonia Pérez Pávez ha suscrito 1.530.000 acciones y ha pagado $1.380.518, quedando un saldo por pagar de $149.482. b) Yasna Carolina Pérez Pávez ha suscrito 1.470.000 acciones y ha pagado $153.191 quedando un saldo por pagar de un $1.316.809. Total Capital suscrito: $3.000.000. Total capital pagado: $1.533.909. Total Capital por pagar: $1.466.091, que deberá pagarse dentro del plazo de seis meses, contado desde de la fecha de la presente escritura. ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad será ejercida por el “Accionista Administrador” de la Sociedad, que será doña JESSICA ANTONIA PÉREZ PÁVEZ. DURACIÓN: La Sociedad tendrá una duración de cinco años a contar de esta fecha. Al vencimiento de este plazo la sociedad se entenderá automática y sucesivamente renovada por periodos iguales de cinco años cada uno, salvo que alguno de los accionistas manifestare su voluntad en contrario, mediante aviso dado por escritura pública de la que se tome nota al margen de la inscripción social con una antelación mínima de cuatro meses al vencimiento del plazo de que se trate. III) Disminuir el capital social de la sociedad transformada, en $1.470.000. IV) Devolver el capital pagado por la accionista YASNA CAROLINA PÉREZ PÁVEZ, $153.391, con el consecuente retiro de la accionista de la Sociedad V) Nueva modificación de la cláusula del capital social. “ARTICULO QUINTO: CAPITAL SOCIAL. El capital de la Sociedad es la suma de $1.530.000, dividido en 1.530.000 acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal. La única accionista, ha suscrito 1.530.000 acciones y ha pagado $1.380.518, quedando un saldo por pagar de $149.482, que deberá pagarse dentro del plazo de 6 meses, contado desde de la fecha de la presente escritura. Las acciones podrán ser emitidas sin necesidad de imprimir láminas físicas que representen dichos títulos, a menos que se solicite expresamente por el accionista, en cuyo caso, la forma, emisión, entrega, reemplazo, canje, transferencia e inutilización de tales títulos de acciones se sujetarán a las disposiciones legales y reglamentarias que les sean aplicables.”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 de junio de 2024.