CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES LYNGBY LIMITADA

CVE 2511679
Capital
$2.000 CLP
Fecha instrumento
17 de junio de 2024
Notaría
Santiago con asiento en la
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
17 de junio de 2024
Notario
ROSE MARIE MUÑOZ ÁLVAREZ
Domicilio
don PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
Comuna
Santiago con asiento en la

Sociedad

Capital
$2.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Cinco años contados desde la fecha de la presente escritura con renovación por periodos iguales y sucesivos

Objeto social

a) La inversión en todo tipo de bienes, sean estos muebles, inmuebles, corporales o incorporales, acciones, bonos u otros instrumentos mercantiles; b) La participación en toda clase de asociaciones, sea incorporándose a sociedades constituidas o constituyendo nuevas, cualquiera sea su objeto social; c) La administración, inversión, distribución, compra y venta, por cuenta propia o de terceros, de patrimonios, bienes, instrumentos financieros o inversiones de toda naturaleza, tanto propios o de terceros, d)La adquisición y)o construcción de bienes inmuebles que se destinen al arrendamiento o la adquisición del derecho a percibir ingresos provenientes del arrendamiento de dichos bienes, así como otorgar financiamiento para esos fines con garantía sobre los bienes de que se trate, e) Desarrollar, directa o indirectamente proyectos inmobiliarios para uso comercial, industrial, residencial, hotelero, o de cualquier otra naturaleza; construir, supervisar, remodelar, diseñar, usar, administrar, operar y arrendar bienes inmuebles de cualquier naturaleza, por cuenta propia o de terceros; y realizar toda clase de construcciones, edificaciones, conjuntos inmobiliarios, fraccionamientos, edificios o instalaciones para oficinas, centros de operación, de bodegaje o cualquier tipo de establecimiento, f). Comprar, vender, utilizar, arrendar, dar o recibir en comodato, poseer, permutar, enajenar, transmitir, o disponer de la propiedad de toda clase de bienes inmuebles, así como otros derechos reales o personales sobre ellos, con el objeto de construir, desarrollar, edificar, o adaptar dichos bienes inmuebles para fines industriales, comerciales, residenciales, hoteleros o de cualquier otra naturaleza, g) Dar o tomar en arrendamiento o en comodato, adquirir, poseer, permutar, enajenar, transmitir, disponer, enajenar o gravar la propiedad o posesión de toda clase de bienes, muebles e inmuebles, así como otros derechos reales o personales sobre ellos, que sean necesarios o convenientes para su objeto social o para las operaciones u objetos sociales de las sociedades mercantiles o civiles, asociaciones e instituciones, de cualquier naturaleza y como quiera que se denominen, en las que la Sociedad tenga algún interés o participación de cualquier naturaleza. Podrá además ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con el

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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ROSE MARIE MUÑOZ ÁLVAREZ, Notario Público Suplente de don PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Titular de la 2° Notaría Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, Avenida La Dehesa N° 1.201, local 101, Lo Barnechea, certifico que: Por escritura pública de fecha 17 de junio de 2024, otorgada ante el suplente de este oficio don Jorge Enrique Juan Benítez Urrutia, doña MARÍA ALEJANDRA BRETTI ROBERT y MARIO ANDRÉS POBLETE ÁLVAREZ, constituyeron sociedad de Responsabilidad Limitada. Razón social: INVERSIONES LYNGBY LIMITADA, nombre de fantasía LYNGBY LTDA., Domicilio. Santiago. Duración. Cinco años contados desde la fecha de la presente escritura con renovación por periodos iguales y sucesivos. Objeto. a) La inversión en todo tipo de bienes, sean estos muebles, inmuebles, corporales o incorporales, acciones, bonos u otros instrumentos mercantiles; b) La participación en toda clase de asociaciones, sea incorporándose a sociedades constituidas o constituyendo nuevas, cualquiera sea su objeto social; c) La administración, inversión, distribución, compra y venta, por cuenta propia o de terceros, de patrimonios, bienes, instrumentos financieros o inversiones de toda naturaleza, tanto propios o de terceros, d)La adquisición y/o construcción de bienes inmuebles que se destinen al arrendamiento o la adquisición del derecho a percibir ingresos provenientes del arrendamiento de dichos bienes, así como otorgar financiamiento para esos fines con garantía sobre los bienes de que se trate, e) Desarrollar, directa o indirectamente proyectos inmobiliarios para uso comercial, industrial, residencial, hotelero, o de cualquier otra naturaleza; construir, supervisar, remodelar, diseñar, usar, administrar, operar y arrendar bienes inmuebles de cualquier naturaleza, por cuenta propia o de terceros; y realizar toda clase de construcciones, edificaciones, conjuntos inmobiliarios, fraccionamientos, edificios o instalaciones para oficinas, centros de operación, de bodegaje o cualquier tipo de establecimiento, f). Comprar, vender, utilizar, arrendar, dar o recibir en comodato, poseer, permutar, enajenar, transmitir, o disponer de la propiedad de toda clase de bienes inmuebles, así como otros derechos reales o personales sobre ellos, con el objeto de construir, desarrollar, edificar, o adaptar dichos bienes inmuebles para fines industriales, comerciales, residenciales, hoteleros o de cualquier otra naturaleza, g) Dar o tomar en arrendamiento o en comodato, adquirir, poseer, permutar, enajenar, transmitir, disponer, enajenar o gravar la propiedad o posesión de toda clase de bienes, muebles e inmuebles, así como otros derechos reales o personales sobre ellos, que sean necesarios o convenientes para su objeto social o para las operaciones u objetos sociales de las sociedades mercantiles o civiles, asociaciones e instituciones, de cualquier naturaleza y como quiera que se denominen, en las que la Sociedad tenga algún interés o participación de cualquier naturaleza. Podrá además ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con el objeto social. Administración, representación y uso de la razón social corresponde indistintamente a MARÍA ALEJANDRA BRETTI ROBERT o a MARIO ANDRÉS POBLETE ÁLVAREZ. Capital. $2.000.000 correspondiendo a MARÍA ALEJANDRA BRETTI ROBERT un 50% de los derechos sociales, entera y paga $1.000.000; y correspondiendo a MARIO ANDRÉS POBLETE ÁLVAREZ un 50% de los derechos sociales, entera y paga $1.000.000. Socios declaran que la responsabilidad de las deudas sociales queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en la Escritura Social. Lo Barnechea, a 21 de junio de 2024. ROSE MARIE MUÑOZ ÁLVAREZ, Notario Público Suplente.