INVERSIONES GERA SpA
Instrumento
- Fecha
- 11 de diciembre de 2019
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
- Oficio
- 43ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, abogado, Notario Público, Titular 43ª Notaría de Santiago, Huérfanos número 835, piso 18, Santiago, RM. CERTIFICO: Por escritura pública hoy ante mí: don LUIS FERNANDO TAPIA MUÑOZ, con domicilio en Carlos Reinoso N°0520, Til Til; reduce a escritura pública: ACTA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS “INVERSIONES GERA SpA”, celebrada el 24 de junio del 2024, con la asistencia de la totalidad de las acciones emitidas. ANTECEDENTES: a) La sociedad “INVERSIONES GERA SpA”, rol único tributario 77.102.084-4, se constituyó por escritura pública de fecha 11 de diciembre de 2019, suscrita ante don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Abogado, Notario Público Titular de la 43º Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos número 835, piso 18, comuna de Santiago; un extracto de dicha escritura fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 97.920, número 48.026, correspondiente al año 2019; b) Se modificó por junta extraordinaria de accionistas de fecha 14 de agosto de 2023, que fue reducida a escritura pública en la misma fecha ante don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Abogado, Notario Público Titular de la 43º Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos número 835, piso 18, comuna de Santiago; un extracto de dicha escritura fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 71.598, número 30.872, correspondiente al año 2023. El capital social es de $1.000.000 de pesos, dividido en 1.000 acciones, completamente suscritas y pagadas.- MODIFICACIÓN: a) La modificación del ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO de los estatutos sociales, en el sentido de que la administración, representación y el uso de la razón social, será ejercida por don LUIS FERNANDO TAPIA MUÑOZ, con amplias facultades de administración y disposición enunciadas en el mismo precepto de la escritura de constitución social, las que se dan por expresamente reproducidas para todos los efectos legales.- b) En todo lo no modificado por esta junta, se mantendrá vigente lo ya estipulado en los estatutos sociales.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 24 de junio del 2024.