GHK SERVICIOS FINANCIEROS Y CONTABLES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de mayo de 2024
- Repertorio
- 1463-2024
- Notario
- JAIME ANDRÉS BERNALES LARRAÍN
- Domicilio
- Santiago
Administración
La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don Sebastián Guerrero Valenzuela y)o a don Jorge Andrés Garcés Vicuña, para que, actuando separada e indistintamente cualquiera de ellos o conjuntamente, representen válidamente a la sociedad anteponiendo su firma a la
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJAIME ANDRÉS BERNALES LARRAÍN, Notario Público Titular Santiago, Vicuña Mackenna Oriente número 7.163, La Florida, certifico: por escritura pública de fecha 17 de mayo del año 2024, repertorio N° 1463-2024, ante mí, GUERRERO GARCÉS ABOGADOS LIMITADA, domiciliada en Joaquín Montero 3000, oficina 701, Vitacura; don MARCELO HASENBERG DÍAZ, domiciliado en El Juncal 900, Parque Industrial Buenaventura, Quilicura; don MARTÍN KRAUSS VALDÉS, domiciliado en Avenida Manquehue Norte 1707, oficina 311, Vitacura; doña CAROLYN JONES GONZÁLEZ, domiciliada en Joaquín Montero 3000, oficina 701, Vitacura; y don CRISTIÁN ALLENDE POKLEPOVIC, domiciliado en El Golf 99, oficina 1201, Las Condes; en su calidad de actuales y únicos socios de GHK SERVICIOS FINANCIEROS Y CONTABLES LIMITADA (cuya constitución rola inscrita a fojas 44974, N° 19752 del año 2023, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago); acordaron: /Uno/ Cesión de derechos sociales. a) Don Marcelo Hasenberg Díaz, dueño de un 29% del total del interés social, vende, cede y transfiere a Guerrero Garcés Abogados Limitada, quien, por medio de sus representantes, compra, acepta y adquiere el total de su participación en el interés social de la Sociedad, esto es, un 29% del capital total de la Sociedad. b) Don Martín Krauss Valdés, dueño de un 38% del total del interés social, vende, cede y transfiere a don Cristián Allende Poklepovic, quien compra, acepta y adquiere para sí, el 50% de su participación en el interés social de la Sociedad, esto es, un 19% por ciento del capital total de la Sociedad. /Dos/ Modificación de los estatutos sociales. Como consecuencia de la referida cesión, los socios acordaron modificar los estatutos sociales en los siguientes términos: i) Se sustituye el artículo quinto de los estatutos sociales relativo al capital de la Sociedad por el siguiente: “QUINTO.- Capital. El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos que los socios aportaron íntegramente con anterioridad a esta fecha de la siguiente manera: a) Don Martín Krauss Valdés aportó la cantidad de ciento noventa mil pesos, equivalentes al diecinueve por ciento del capital social; b) la sociedad Guerrero Garcés Abogados Limitada aportó la cantidad de quinientos ochenta mil pesos, equivalentes al cincuenta y ocho por ciento del capital social; c) Don Cristián Allende Poklepovic aportó la cantidad de ciento noventa mil pesos, equivalentes al diecinueve por ciento del capital social, y d) Doña Carolyn Jones González aportó la cantidad de cuarenta mil pesos, equivalentes al cuatro por ciento del capital social.” ii) Se sustituye el artículo octavo de los estatutos sociales relativo a la administración de la Sociedad por el siguiente: “OCTAVO.- Administración, Representación y Uso de la Razón Social. La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don Sebastián Guerrero Valenzuela y/o a don Jorge Andrés Garcés Vicuña, para que, actuando separada e indistintamente cualquiera de ellos o conjuntamente, representen válidamente a la sociedad anteponiendo su firma a la razón social.” En todo lo no modificado permanecen vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 19 de junio de 2024.