EYR ENTERPRISES SpA
Instrumento
- Fecha
- 17 de junio de 2024
- Repertorio
- 982/2024
- Notario
- SANDRA ELIANA CÁRCAMO VELÁSQUEZ
- Oficio
- Tercera Notaría de Puerto Varas
- Comuna
- Puerto Varas
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSANDRA ELIANA CÁRCAMO VELÁSQUEZ, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Puerto Varas, San Bernardo 224, comuna de Puerto Varas, certifica: Que por escritura pública de fecha 17/06/2024, repertorio N°982/2024, ante mí: Nicolás Edwards Palma, domiciliado en Parcelación la Reserva C 68 de la comuna y ciudad de Puerto Varas; y don José Tomás Rodríguez Doren, domiciliado en calle Ralún número 1021, de la comuna y ciudad de Puerto Varas, modificaron sociedad “EYR ENTERPRISES SPA”, inscrita a fs. 128V, N° 104, Registro de Comercio de Puerto Varas, año 2021. Por la que extracto, se retira de sociedad José Tomás Rodríguez Doren, quien vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos que corresponden al 50% del capital social, a don Nicolás Edwards Palma, quien los compra y adquiere para sí. Como consecuencia de la compraventa y cesión de derechos sociales aludidos, queda como único y actual socio, don Nicolás Edwards Palma, quien por este acto modifica el artículos Primero Transitorio y Noveno de los estatutos sociales relativos al capital social y la administración, remplazándolos por los siguientes artículos: Quinto y Noveno: “PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad es de cuatro millones de pesos, dividido en cuatrocientas acciones ordinarias, nominativas, de única serie, sin valor nominal y de igual valor cada una; el cual se suscribe y paga de la siguiente forma: don NICOLÁS EDWARDS PALMA, ya individualizado, suscribe en este acto la cantidad de cuatrocientas acciones, correspondientes al cien por ciento del total de las acciones emitidas por la Sociedad, por un valor total de cuatro millones de pesos, los cuales se pagan por este acto y en dinero efectivo.”. “NOVENO: la administración y representación de la Sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial le corresponderá a don Nicolás Edwards Palma.”. En todo lo no modificado se mantienen vigentes los estatutos sociales. Puerto Varas, 24 de junio de 2024.-