Constructora Braam Limitada
Instrumento
- Fecha
- 4 de junio de 2024
- Repertorio
- 2045-2024
- Notario
- FRANCISCO JAVIER MUÑOZ FLORES
- Domicilio
- y Conservador de Minas Titular de la comuna de Villarrica
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER MUÑOZ FLORES, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas Titular de la comuna de Villarrica, con oficio en calle Pedro Montt número trescientos cinco, certifica: Que por escritura pública Repertorio Nº2045-2024, de fecha 04 de junio del año 2024, ante la Notario Suplente de Villarrica doña Marianela Angélica Bustos Bustos, compareció, doña Gabriela de las Mercedes Rodríguez Avello, en representación de la sucesión intestada quedada al fallecimiento del socio Miguel Ángel Mora Henríquez, con domicilio para estos efectos en Parcela B cinco sector Lomas de Ñancul, comuna de Villarrica; don Michel Guillermo Mora Rodríguez, por sí, y en representación de CONSTRUCTORA BRAAM LIMITADA, rol único tributario N°76.164.827-6, ambos domiciliados para estos efectos en Parcela B ocho sector Lomas de Ñancul, comuna de Villarrica y don DIEGO MATIAS MORA STUARDO, domiciliado para estos efectos en calle Julio Zegers número seiscientos cuarenta y seis B, comuna y ciudad de Villarrica; quiénes acordaron modificar la sociedad, “CONSTRUCTORA BRAAM LIMITADA, rol único tributario N°76.164.827-6, inscrita a fojas 35747 número 26747 del Registro de Comercio de Santiago del año 2011, en el sentido de ceder un 1% de la totalidad de los derechos de la sociedad a don Diego Matías Mora Stuardo quedando el 99% de la totalidad de los derechos para el socio Michel Guillermo Mora Rodríguez. Los actuales y únicos socios acuerdan reemplazar el artículo quinto y sexto del Estatuto Social, sobre el capital y la responsabilidad de los socios, por los siguientes: “Artículo quinto; El capital de la sociedad es la suma de cuatro millones de pesos, que los socios aportan de la siguiente forma: Uno) Michel Guillermo Mora Rodriguez, aporta la suma de tres millones novecientos sesenta mil pesos los cuales enteró y pagó a la sociedad al contado con anterioridad a este acto en dinero efectivo ingresado a caja social. Dos), don Diego Matias Mora Stuardo, aporta la suma de cuarenta mil pesos, que enteró y pagó a la sociedad al contado con anterioridad a este acto en dinero efectivo ingresado a caja social. El capital social se encuentra íntegramente suscrito y pagado”. - “Artículo sexto: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes debiendo responder el socio Michel Mora Rodríguez por el noventa y nueve por ciento de las acciones y derechos sociales y el socio Diego Mora Stuardo por el uno por ciento de dichas acciones y derechos sociales. Respecto a las utilidades y pérdidas estas se calcularán conforme a lo anteriormente señalado”. En todo lo no modificado rige escritura social de constitución. Demás estipulaciones en escritura extractada. Villarrica, 18 de junio de 2024.