COMERCIALIZADORA OPAZO LACABE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 6 de junio de 2024
- Repertorio
- 54468-2024
- Notario
- MACARENA REGINA PINO ABARCA
- Oficio
- 49ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMACARENA REGINA PINO ABARCA, Notario Público de la 49ª Notaría de Santiago, Amunategui 73, Santiago, Suplente del Titular Wladimir Alejandro Schramm Lopez, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 06/06/2024 - Repertorio N° 54.468-2024, ante el Titular Wladimir Alejandro Schramm Lopez, Doña ALICIA DEL CARMEN OPAZO NOVOA, chilena, divorciada, comerciante, C.I. N° 7.672.451-2, domiciliada en Pasaje Batallón Atacama N° 2420, Villa Los Jardines de Rinconada, comuna Maipú, Santiago, R.M., POR SI, y en representación convencional según se acreditará de ADOLFO LUIS LACABE FERRERA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, comerciante, C.I. N° 6.245.777-5, domiciliado en Parcela N° 19, Pauldeo, comuna Ancud, R. de los Lagos; don LUIS ARMANDO ROZAS OPAZO, chileno, casado, empleado, C.I. N° 12.606.937-5, domiciliado en Millantu número seiscientos treinta, Casas de Millauquen dos, comuna Quilicura, Santiago, R.M., y doña DENISSE EDITH ROZAS OPAZO, chilena, soltera, empleada, C.I. N° 12.890.727-0, domiciliada en Pasaje Cerro Chaquipiña N° 259, Villa Las Tranqueras, comuna Quilicura, Santiago, R.M., los comparecientes vienen en Modificar la Sociedad de Responsabilidad Limitada, “COMERCIALIZADORA OPAZO LACABE LIMITADA” nombre de fantasía “PASTELERÍA TIVOLI LTDA.”, cuyo extracto se inscribió a fojas 29090, número 20059 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2010 y se publicó en Diario Oficial N° 39.683, con fecha 11 de junio del 2010. Modificaciones consisten: (I).- Se retira de la sociedad la socia doña ALICIA DEL CARMEN OPAZO NOVOA, dueña del 99,1% de los derechos sociales, en adelante “LA CEDENTE”, quien vende, cede y transfiere la totalidad de los derechos o acciones que le corresponden en la mencionada sociedad a: Uno) Don LUIS ARMANDO ROZAS OPAZO, en adelante “EL CESIONARIO” quien compra, acepta y adquiere para sí, el 49,55% de los derechos sociales, en la suma de $24.775.000.-, que el cesionario pagará a la cedente en 40 cuotas iguales y sucesivas de $600.000.-, y una cuota $775.000.-, todos los días 5 de cada mes a partir del mes de junio del año 2024. Con expreso animo de novar, el cesionario acepta y suscribe en este acto, 41 letras, por los montos y fechas indicadas, entregándoselas a la cedente. De esta manera la cedente declara íntegramente pagado el precio de la cesión de derechos sociales. Dos) Doña DENISSE EDITH ROZAS OPAZO, en adelante “LA CESIONARIA”, quien compra, acepta y adquiere para sí, el 49,55 % de los derechos, en la suma de $24.775.000.-, que la cesionaria pagará a la cedente en 40 cuotas iguales y sucesivas de $600.000.-, y 1 cuota $775.000.-, todos los días 5 de cada mes a partir del mes de junio del año 2024. Con expreso animo de novar, la cesionaria acepta y suscribe en este acto, 41 letras, por los montos y fechas indicadas, entregándoselas a la cedente. De esta manera la cedente declara íntegramente pagado el precio de la cesión de derechos sociales. (II).- Se retira de la sociedad el socio don ADOLFO LUIS LACABE FERRERA, dueño del 0,9% de total derechos sociales, en adelante “EL CEDENTE”, quien vende, cede y transfiere la totalidad de los derechos o acciones que le corresponden en la mencionada sociedad a: Uno) Don LUIS ARMANDO ROZAS OPAZO, en adelante “EL CESIONARIO” quien compra, acepta y adquiere para sí, el 0,45 % de los derechos sociales, en la suma de $225.000.-, que el cesionario paga al cedente en dinero en efectivo en este acto. De esta manera el cedente declara íntegramente pagado el precio de la cesión de derechos sociales. Dos) Doña DENISSE EDITH ROZAS OPAZO, en adelante “LA CESIONARIA”, quien compra, acepta y adquiere para sí, el 0,45 % de los derechos sociales, en la suma de $225.000.-, que el cesionario paga al cedente en dinero en efectivo en este acto. De esta manera el cedente declara íntegramente pagado el precio de la cesión de derechos sociales. Como consecuencia de la cesión anterior quedan como únicos socios don LUIS ARMANDO ROZAS OPAZO, con un 50% del capital social, y doña DENISSE EDITH ROZAS OPAZO, con un 50% del capital social. (lll).- Los socios vienen en modificar la cláusula séptima del estatuto social, en el sentido que la administración, representación judicial y extrajudicial y el uso de la razón social será ejercida por don LUIS ARMANDO ROZAS OPAZO, ya individualizado, quien representará a la sociedad con todas las facultades de administración y disposición reseñadas en la citada cláusula séptima del estatuto social, las que se dan por expresamente e íntegramente reproducidas para todos los efectos legales. (lV).- En este acto los socios acuerdan modificar el nombre de la razón social pasando a llamarse “COMERCIAL OPAZO LIMITADA”, con nombre de fantasía "PASTELERÍA TIVOLI LTDA.”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 24 de junio de 2024.