MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Comercial JQR SpA

RUT 77542404-4 CVE 2510556
Fecha instrumento
7 de junio de 2024
Notaría
Rancagua

Instrumento

Fecha
7 de junio de 2024
Repertorio
1902-2024
Notario
MIGUEL CHACÓN ZEBALLOS
Oficio
Tercera Notaria de Rancagua
Comuna
Rancagua

Objeto social

en razón de lo anterior y para mayor claridad el objeto social de la sociedad es el siguiente: El objeto de la sociedad será: a) La compra, venta, adquisición, enajenación, arrendamiento, importación y exportación de vehículos, repuestos y productos automotrices; ventas al por mayor y menor de partes, piezas y accesorios de vehículos automotrices; Ventas al por mayor y menor de partes, piezas y accesorios de motocicletas; desarrollo, construcción, confección, fabricación, almacenaje, transporte, distribución, intermediación, representación, franquicia y comercialización de vehículos para uso personal, transporte de pasajeros o carga, minería, agricultura, construcción; ventas al por mayor y menor de artículos de caza, pesca, equipos de deportes y similares, y en general, la celebración de cualesquiera clase de actos jurídicos y)o contratos y)o transacciones y)o negocios sobre toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles y sobre toda clase de servicios; b) La prestación de todo tipo de servicios técnicos, profesionales, de asesorías, de consultorías y de capacitación en las áreas señaladas en la letra anterior, pudiendo prestar estos servicios por cuenta propia y)o ajena; c) Las inversiones en bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles y, especialmente, en acciones y)o participaciones sociales y)o derechos en sociedades de personas, tomando parte de ellas y)o de sus administraciones y)o de la percepción de las rentas y frutos que se deriven de las anteriores; d) Desarrollar todas aquellas actividades que los accionistas y)o el administrador y)o los administradores decidan; d) Se da la bienvenida al nuevo socio accionista César Antonio Jorquera Sánchez, manifestando los restantes socios estar de acuerdo con su incorporación a la sociedad, por lo cual, se entiende que cualquier vicio que se pudo haber cometido referente a trámites previos en la compra de acciones de fecha 10 de mayo del presente año queda subsanado y convalidado el acto por los

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Pablo Cesar Piña Pérez socio 13781829-9

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MIGUEL CHACÓN ZEBALLOS, Notario Público Interino de la Tercera Notaria de Rancagua, con oficio en Campos 377, comuna de Rancagua, certifica, que con fecha 24 de mayo de 2024, Repertorio N° 1902-2024, don Pablo Cesar Piña Pérez, chileno, soltero, abogado, CI N° 13.781.829-9, debidamente facultado, redujo a escritura pública Acta de la Primera Junta Extraordinaria Accionistas de la sociedad COMERCIAL JQR SpA, rut 77.542.404-4, inscrita en el Registro de Comercio de Rancagua a fojas 134, número 60 del año 2022, que debidamente extractada, señala: “con la presencia de todos los accionistas: Rodrigo Martín Jorquera Sánchez, Francisco Arturo Jorquera Sánchez, César Antonio Jorquera Sánchez,, quienes reúnen el cien por ciento de las acciones emitida de la sociedad se adoptaron los siguientes acuerdos a) Se nombra por unanimidad como administrador y representante legal al socio Rodrigo Martín Jorquera Sánchez, run 13.096.832-5, quien actuará como Gerente General, dicha designación tiene el carácter de indefinida, quien ejercerá las facultades estipuladas en el pacto social; b) En atención que hasta la fecha cada uno de los socios originales sólo han enterado dos millones del aporte de capital comprometido, los socios acuerdan por unanimidad, reducir el capital social a seis millones de pesos que se encuentran totalmente pagados, manteniendo el mismo número de acciones por cada socio y la misma participación social estipulada en el pacto social; c) Los accionista acuerdan por unanimidad ampliar el objeto social a las siguientes actividades comerciales: Ventas al por mayor y menor de partes, piezas y accesorios de motocicletas, ventas al por mayor y menor de partes, piezas y accesorios de vehículos automotrices y ventas al por mayor y menor de artículos de caza, pesca, equipos de deportes y similares. en razón de lo anterior y para mayor claridad el objeto social. en razón de lo anterior y para mayor claridad el objeto social de la sociedad es el siguiente: El objeto de la sociedad será: a) La compra, venta, adquisición, enajenación, arrendamiento, importación y exportación de vehículos, repuestos y productos automotrices; ventas al por mayor y menor de partes, piezas y accesorios de vehículos automotrices; Ventas al por mayor y menor de partes, piezas y accesorios de motocicletas; desarrollo, construcción, confección, fabricación, almacenaje, transporte, distribución, intermediación, representación, franquicia y comercialización de vehículos para uso personal, transporte de pasajeros o carga, minería, agricultura, construcción; ventas al por mayor y menor de artículos de caza, pesca, equipos de deportes y similares, y en general, la celebración de cualesquiera clase de actos jurídicos y/o contratos y/o transacciones y/o negocios sobre toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles y sobre toda clase de servicios; b) La prestación de todo tipo de servicios técnicos, profesionales, de asesorías, de consultorías y de capacitación en las áreas señaladas en la letra anterior, pudiendo prestar estos servicios por cuenta propia y/o ajena; c) Las inversiones en bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles y, especialmente, en acciones y/o participaciones sociales y/o derechos en sociedades de personas, tomando parte de ellas y/o de sus administraciones y/o de la percepción de las rentas y frutos que se deriven de las anteriores; d) Desarrollar todas aquellas actividades que los accionistas y/o el administrador y/o los administradores decidan; d) Se da la bienvenida al nuevo socio accionista César Antonio Jorquera Sánchez, manifestando los restantes socios estar de acuerdo con su incorporación a la sociedad, por lo cual, se entiende que cualquier vicio que se pudo haber cometido referente a trámites previos en la compra de acciones de fecha 10 de mayo del presente año queda subsanado y convalidado el acto por los socios. demás cláusulas constan en escritura extractada”. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Rancagua, 07 de Junio de 2024.