MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES CHARLOTT LIMITADA

RUT 76604170-1 CVE 2510137
Capital
$4.000.000 CLP
Fecha instrumento
5 de junio de 2024
Notaría
Antofagasta

Instrumento

Fecha
5 de junio de 2024
Notario
NICOLE ANDREA CONTRERAS GONZALEZ
Oficio
Sexta Notaría Antofagasta
Comuna
Antofagasta

Sociedad

Capital
$4.000.000 CLP

Objeto social

Podrá, asimismo, comprar, vender o arrendar todo tipo de bienes muebles o inmuebles que sean necesarios; importar y exportar toda clase de bienes, sean corporales, muebles, inmuebles o incorporales; otorgar asistencia técnica y profesional por sí o por terceros y, en general, cualquier actividad que los socios acuerden y que tenga relación con el área de la salud, del objeto social o se considere conveniente a los intereses sociales, y sin limitación de ninguna especie; y, e) El objeto de la sociedad será la importación, exportación y comercialización, ya sea por cuenta propia o ajena, de cualquier clase de bienes, productos manufacturados, repuestos, insumos en general y mercaderías en general, sean de procedencia nacional o extranjera, ya sea en el mercado interno o externo, al por mayor o al detalle, y en este último caso, en tiendas, y otros establecimientos similares de la sociedad o de terceros; y Dos) Se modifica en su cláusula de administración y representación legal de la sociedad, la cual a contar de esta fecha se designan como administradores y representantes legales de la sociedad a don JORGE JAVIER RIVERA SANCHEZ, cedula de identidad número quince millones diecinueve mil seiscientos noventa y tres guión cero; y doña MIRYAM DEL CARMEN SANCHEZ BARRAZA, cédula de identidad número seis millones cuarenta y un mil cuatrocientos sesenta y uno guión cero, quienes actuando en forma conjunta, separada e indistintamente y anteponiendo la razón social a su nombre la representaran con todas las facultades señaladas en los Estatutos Sociales. Lo no modificado por la presente escritura, se mantienen vigentes las cláusulas del pacto social y modificaciones en su actual redacción

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

NICOLE ANDREA CONTRERAS GONZALEZ, Notario Público Interino Sexta Notaría Antofagasta, Prat Nº 470, local 3, Certifica: Escritura hoy, ante mí, don JORGE JAVIER RIVERA SANCHEZ, chileno, soltero, empleado, cedula de identidad número quince millones diecinueve mil seiscientos noventa y tres guión cero, con domicilio en esta ciudad, calle Esmeralda número mil ochocientos cuarenta; y doña MIRYAM DEL CARMEN SANCHEZ BARRAZA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, secretaria, cédula de identidad número seis millones cuarenta y un mil cuatrocientos sesenta y uno guión cero, con domicilio en esta ciudad, calle Aconcagua número novecientos treinta y cinco casa dos; modifican “INVERSIONES CHARLOTT LIMITADA”, Rol Único Tributario Nº 76.604.170-1, capital $4.000.000.-; Constituida por escritura otorgada ante don Vicente E. Castillo Fernández, Notario Público Titular de la ciudad de Antofagasta, con fecha dieciséis de julio de dos mil seis, cuyo el extracto rola inscrito a fojas setecientos treinta y nueve vuelta, bajo el número quinientos setenta y cinco, del Registro de Comercio de ANTOFAGASTA, del año dos mil seis; y publicado en el de dos mil seis; y, Saneada por escritura otorgada ante don Vicente E. Castillo Fernández, Notario Público Titular de la Antofagasta, con fecha veinte de diciembre de dos mil seis, inscribiéndose extracto a fojas cuarenta y seis VUELTA, bajo el número veintiséis, del Registro de Comercio de Antofagasta, del año dos mil siete; y publicado en el Diario Oficial Edición número treinta y ocho mil seiscientos sesenta, de fecha once de enero de dos mil siete; modificada por escritura pública otorgada, ante doña María Soledad Lascar Merino, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de Antofagasta, con fecha veintiocho de Mayo del año dos mil catorce, cuyo extracto rola inscrito a fojas mil trescientos setenta y uno, bajo el número ochocientos setenta y nueve, del año dos mil catorce, del Registro de Comercio de Antofagasta, publicación edición número cuarenta mil ochocientos setenta, de fecha treinta de Mayo del dos mil catorce; y modificada por escritura pública otorgada, ante don Nicolás Arrieta Concha, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de Antofagasta, con fecha diecinueve de junio del año dos mil diecinueve, cuyo extracto rola inscrito a fojas seiscientos cuarenta y cuatro vuelta, bajo el número cuatrocientos diecisiete del año dos mil diecinueve, del Registro de Comercio de Antofagasta- no existiendo anotación alguna que diga relación con su disolución o terminación. Por el presente instrumento, los comparecientes vienen en modificar una vez más el pacto social constitutivo en los siguientes términos. - Uno) Se modifica el OBJETO SOCIAL, el cual a contar de esta fecha queda como sigue: a) La adquisición y enajenación de bienes raíces, pudiendo comprar, vender y arrendar, su explotación directa o a través de terceros, en cualquier forma, su administración y percepción de sus frutos. Invertir en bienes muebles, corporales o incorporales, de toda clase, como ser acciones, bonos, debentures, y en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirirlos y enajenarlos a cualquier título, administrarlos y percibir sus frutos y toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado; b) La sociedad podrá también dedicarse a la compraventa, arriendo y consignación de cualquier clase de vehículos motorizados, maquinarias, equipos y similares; c) La importación, exportación, comercialización y/o distribución de todo tipo de insumos médicos, ortopedia, traumatología, útiles de aseos , instrumentos y material de uso de laboratorio y similares; d) La sociedad podrá comprar, vender, arrendar en todas sus formas, equipos técnicos profesionales del área de la salud y de cualquier tipo que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social. Podrá, asimismo, comprar, vender o arrendar todo tipo de bienes muebles o inmuebles que sean necesarios; importar y exportar toda clase de bienes, sean corporales, muebles, inmuebles o incorporales; otorgar asistencia técnica y profesional por sí o por terceros y, en general, cualquier actividad que los socios acuerden y que tenga relación con el área de la salud, del objeto social o se considere conveniente a los intereses sociales, y sin limitación de ninguna especie; y, e) El objeto de la sociedad será la importación, exportación y comercialización, ya sea por cuenta propia o ajena, de cualquier clase de bienes, productos manufacturados, repuestos, insumos en general y mercaderías en general, sean de procedencia nacional o extranjera, ya sea en el mercado interno o externo, al por mayor o al detalle, y en este último caso, en tiendas, y otros establecimientos similares de la sociedad o de terceros; y Dos) Se modifica en su cláusula de administración y representación legal de la sociedad, la cual a contar de esta fecha se designan como administradores y representantes legales de la sociedad a don JORGE JAVIER RIVERA SANCHEZ, cedula de identidad número quince millones diecinueve mil seiscientos noventa y tres guión cero; y doña MIRYAM DEL CARMEN SANCHEZ BARRAZA, cédula de identidad número seis millones cuarenta y un mil cuatrocientos sesenta y uno guión cero, quienes actuando en forma conjunta, separada e indistintamente y anteponiendo la razón social a su nombre la representaran con todas las facultades señaladas en los Estatutos Sociales. Lo no modificado por la presente escritura, se mantienen vigentes las cláusulas del pacto social y modificaciones en su actual redacción. Otras estipulaciones escritura. ANTOFAGASTA, 05 de junio de 2024.