MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SERVICIOS ANDEAN WIDE SpA

RUT 77423121-8 CVE 2508955
Capital
$50.000.000 CLP
Fecha instrumento
10 de junio de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
10 de junio de 2024
Repertorio
17525-2024
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
Oficio
Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$50.000.000 CLP

Objeto social

a) La provisión de servicios a clientes que sean titulares de cuentas corrientes, cuentas vistas o cuentas de provisión de fondos, conforme a los cuales puedan instruir, a nombre del cliente y ante el banco o la institución financiera proveedora de la cuenta respectiva, la ejecución de órdenes de pago o transferencias electrónicas de fondos, incluyendo pagos recurrentes predefinidos en favor de los terceros beneficiarios que los clientes indiquen, con cargo a sus respectivas cuentas y medios de pago; b) La provisión de servicios de recaudación, procesamiento y liquidación de pagos en general, cualquiera sea el medio de utilizado al efecto; c) La provisión de servicios de cobranza y de dispersión de pagos; d) El desarrollo, comercialización y licenciamiento de software, bases de datos, suministros computacionales y soluciones digitales en general asociadas a los servicios señalados en las letras anteriores; e) La prestación de todo tipo de asesorías digitales, técnicas y profesionales asociadas a los servicios señalados en las letras anteriores; f) La elaboración, licenciamiento y comercialización de medios de pago electrónicos y de procesamiento de datos para el pago de toda clase de bienes y servicios; y g) En general, efectuar cualquier otra actividad, servicio u operación de orden comercial y financiera relacionada directa o indirectamente con los giros señalados y celebrar todos los actos y contratos conducentes y)o necesarios para cumplir el objeto social”; y (ii) Modifica el Artículo Décimo Tercero del Estatuto, reemplazando éste por el siguiente: “Artículo Décimo Tercero. La administración y uso de la razón social corresponderá a doña Neila Rosa Chávez Cuba, quien podrá representar a la sociedad con las facultades y en la forma señala en el artículo siguiente”

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 10 de junio de 2024, repertorio N°17525-2024, ante mí, con la comparecencia de doña NEILA ROSA CHÁVEZ CUBA domiciliada en calle Santa Elena número quinientos setenta, casa cuarenta y uno, comuna de Colina, Región Metropolitana, única accionista de la sociedad SERVICIOS ANDEAN WIDE SpA representante del 100% de las acciones cuyo capital asciende a $50.000.000 pesos, acordó modificar los Estatutos Sociales en lo relativo al objeto y administración, según indica: (i) Modifica el objeto de la Sociedad contenido en el Artículo Quinto del Estatuto, por el siguiente: “Artículo Quinto. La Sociedad tendrá por objeto: a) La provisión de servicios a clientes que sean titulares de cuentas corrientes, cuentas vistas o cuentas de provisión de fondos, conforme a los cuales puedan instruir, a nombre del cliente y ante el banco o la institución financiera proveedora de la cuenta respectiva, la ejecución de órdenes de pago o transferencias electrónicas de fondos, incluyendo pagos recurrentes predefinidos en favor de los terceros beneficiarios que los clientes indiquen, con cargo a sus respectivas cuentas y medios de pago; b) La provisión de servicios de recaudación, procesamiento y liquidación de pagos en general, cualquiera sea el medio de utilizado al efecto; c) La provisión de servicios de cobranza y de dispersión de pagos; d) El desarrollo, comercialización y licenciamiento de software, bases de datos, suministros computacionales y soluciones digitales en general asociadas a los servicios señalados en las letras anteriores; e) La prestación de todo tipo de asesorías digitales, técnicas y profesionales asociadas a los servicios señalados en las letras anteriores; f) La elaboración, licenciamiento y comercialización de medios de pago electrónicos y de procesamiento de datos para el pago de toda clase de bienes y servicios; y g) En general, efectuar cualquier otra actividad, servicio u operación de orden comercial y financiera relacionada directa o indirectamente con los giros señalados y celebrar todos los actos y contratos conducentes y/o necesarios para cumplir el objeto social”; y (ii) Modifica el Artículo Décimo Tercero del Estatuto, reemplazando éste por el siguiente: “Artículo Décimo Tercero. La administración y uso de la razón social corresponderá a doña Neila Rosa Chávez Cuba, quien podrá representar a la sociedad con las facultades y en la forma señala en el artículo siguiente”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 12 de junio de 2024.