MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

COMERCIALIZADORA LA MARAVILLA SpA

RUT 76965935-8 CVE 2508747
Fecha instrumento
24 de mayo de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
24 de mayo de 2024
Notario
MARÍA PATRICIA DONOSO GOIMEN
Oficio
Vigésima Séptima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA PATRICIA DONOSO GOIMEN, Abogado, Notario Público de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, Orrego Luco N° 0153, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 24 de mayo de 2024, ante mi Suplente doña Maria Fernanda de los Santos Ferraz: don LUIS GÓMEZ ZAMORA, venezolano, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad N° 26.891.058-1 y don MIGUEL ALFREDO PÉREZ AMARO, venezolano, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad N° 25.213.119-1, únicos accionistas de la sociedad COMERCIALIZADORA LA MARAVILLA SPA, y domiciliados en Av. Simón Bolívar N° 4150 depto. 203-D, comuna de Ñuñoa, ciudad de Santiago, modificaron los estatutos de la sociedad “COMERCIALIZADORA LA MARAVILLA SPA”, RUT N° 76.965.935-8, inscrita a fojas 96.615, número 49.559 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2018, en los siguientes términos: (a) Los Accionistas agregaron como nombre de fantasía de La Sociedad, a los ya existentes, el de “WILD RIDE”; (b) Los Accionistas ampliaron el giro social de la empresa, agregando el de importación, venta, distribución y/o almacenamiento de dispositivos médicos y cosméticos; (c) Los Accionistas modificaron quienes pueden ejercer la administración, representación y el uso social de La Sociedad, a don MIGUEL ALFREDO PÉREZ AMARO y a LUIS GÓMEZ ZAMORA; (d) que en virtud de la modificación de quienes pueden ejercer la administración, representación y uso de la razón social de La Sociedad, se reemplazaron los artículos décimo tercero, décimo cuarto, décimo sexto y vigésimo del título cuarto de los estatutos originales de La Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En todo lo no modificado rigen las estipulaciones del pacto social. En Santiago, a 03 de junio de 2024.