SOCIEDAD COMERCIAL DE COMPRAVENTA DE ARIDOS Y FERRETERIA ARAVENA RIQUELME LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 13 de junio de 2024
- Notario
- DANIEL ALVAREZ SOZA
- Domicilio
- y Conservador de Bienes Raíces de Lebu
Sociedad
- Capital
- $4.000.000 CLP
- Domicilio
- comuna de Los Álamos
- Duración
- 5 años, contados desde pacto social, plazo renovará tácita, automática y sucesivamente períodos iguales si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término en forma que da cuenta pacto social. Sociedad no se disolverá en caso fallecimiento de algún
Objeto social
El objeto de la sociedad será la elaboración, refinación, procesamiento, compra y venta de áridos, movimientos de tierra y la prestación de asesorías y servicios relacionados con dichas actividades; el arrendamiento y la explotación a cualquier título oneroso de todo tipo de vehículos motorizados, esto es, automóviles, furgones, minibuses, taxibuses, buses, camionetas, camiones, maquinaria y equipo pesado, grúas, motoniveladoras, cargadores frontales, skider, retroexcavadoras y todo otro vehículo motorizado similar; la prestación de servicios de operación integral de todo tipo de vehículos motorizados, esto es, automóviles, furgones, minibuses, taxibuses, buses, camionetas, camiones, maquinaria y equipo pesado, grúas, motoniveladoras, cargadores frontales, skider, retroexcavadoras y todo otro vehículo motorizado similar; la prestación de servicios de mantención y reparación de toda clase de vehículos motorizados, equipos, maquinarias y motores de todo tipo, clase y naturaleza; la prestación de asesorías y servicios en los ámbitos de negocios civiles y comerciales, administrativos y financieros; la compraventa, arrendamiento, representación, distribución, consignación, intermediación, importación y exportación de máquinas, máquinas herramientas, artefactos para la industria y domésticos, motores, instrumentos de precisión y otros, repuestos y accesorios, herramientas, maderas, aceros, fierros, plásticos, pinturas y otros elementos para la construcción, reparación o mantenimiento de casas, edificios, locales y predios agrícolas, productos químicos, menaje y otros para el hogar, artefactos y elementos mecánicos, eléctricos y electrónicos; artículos de pesca, caza, camping y similares y, en general, toda otra actividad relacionada con las anteriores que los socios acuerden, pudiendo formar nuevas sociedades o ingresar a otras ya constituidas
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDANIEL ALVAREZ SOZA, Abogado, Notario Público y Conservador de Bienes Raíces de Lebu, con Oficio en esta ciudad, calle Alcázar N° 189-B, certifico que por escritura pública de fecha 13 de junio de 2024; don ALEJANDRO DAVID RIQUELME PARRA, trabajador independiente, casado, cédula de identidad número once millones novecientos quince mil cuatrocientos ochenta y cuatro guion siete domiciliado en Avenida Cementerio número setenta y cuatro, comuna de Los Álamos, y don ANTONIO ALEXANDER ARAVENA ARRATIA, trabajador independiente, casado, cédula de identidad número trece millones quinientos setenta y ocho mil seiscientos diecinueve guion cinco, domiciliado en Trihueco Parcela número dos, comuna de Los Álamos; chilenos, mayores de edad, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada. Razón social: “SOCIEDAD COMERCIAL DE COMPRAVENTA DE ARIDOS Y FERRETERIA ARAVENA RIQUELME LIMITADA”, pudiendo indistintamente usar la abreviación “Ltda.” La sociedad podrá usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier otro organismo público o privado con el nombre de fantasía “SOCAR LTDA.”. Objeto. El objeto de la sociedad será la elaboración, refinación, procesamiento, compra y venta de áridos, movimientos de tierra y la prestación de asesorías y servicios relacionados con dichas actividades; el arrendamiento y la explotación a cualquier título oneroso de todo tipo de vehículos motorizados, esto es, automóviles, furgones, minibuses, taxibuses, buses, camionetas, camiones, maquinaria y equipo pesado, grúas, motoniveladoras, cargadores frontales, skider, retroexcavadoras y todo otro vehículo motorizado similar; la prestación de servicios de operación integral de todo tipo de vehículos motorizados, esto es, automóviles, furgones, minibuses, taxibuses, buses, camionetas, camiones, maquinaria y equipo pesado, grúas, motoniveladoras, cargadores frontales, skider, retroexcavadoras y todo otro vehículo motorizado similar; la prestación de servicios de mantención y reparación de toda clase de vehículos motorizados, equipos, maquinarias y motores de todo tipo, clase y naturaleza; la prestación de asesorías y servicios en los ámbitos de negocios civiles y comerciales, administrativos y financieros; la compraventa, arrendamiento, representación, distribución, consignación, intermediación, importación y exportación de máquinas, máquinas herramientas, artefactos para la industria y domésticos, motores, instrumentos de precisión y otros, repuestos y accesorios, herramientas, maderas, aceros, fierros, plásticos, pinturas y otros elementos para la construcción, reparación o mantenimiento de casas, edificios, locales y predios agrícolas, productos químicos, menaje y otros para el hogar, artefactos y elementos mecánicos, eléctricos y electrónicos; artículos de pesca, caza, camping y similares y, en general, toda otra actividad relacionada con las anteriores que los socios acuerden, pudiendo formar nuevas sociedades o ingresar a otras ya constituidas. Domicilio social: comuna de Los Álamos, sin perjuicio de las agencias o sucursales que la sociedad acuerde establecer en otros puntos del país o del extranjero. Administración, representación y uso razón social: corresponde al socio don ALEJANDRO DAVID RIQUELME PARRA. Facultades escritura extractada. Capital: $4.000.000.-, socios aportan y enteran forma siguiente: don ALEJANDRO DAVID RIQUELME PARRA, aporta la suma de $2.000.000.- equivalente a un 50% del capital social, que entera y paga en este acto de contado, en dinero efectivo, ingresando en arcas sociales; y don ANTONIO ALEXANDER ARAVENA ARRATIA, aporta la suma de $2.000.000.- equivalente a un 50% del capital social, que entera y paga en este acto de contado, en dinero efectivo, ingresando en arcas sociales. Socios limitan su responsabilidad monto de sus respectivos aportes. Socios acuerdan que las utilidades y pérdidas y todo otro derecho de los socios, incluso en el evento de liquidación de esta sociedad, y para todos los efectos que en derecho correspondan, se repartirán y soportarán entre los socios en la siguiente proporción: a) Un 50% para el socio ALEJANDRO DAVID RIQUELME PARRA; y b) Un 50% para el socio ANTONIO ALEXANDER ARAVENA ARRATIA.- Duración: 5 años, contados desde pacto social, plazo renovará tácita, automática y sucesivamente períodos iguales si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término en forma que da cuenta pacto social. Sociedad no se disolverá en caso fallecimiento de algún socio. Demás estipulaciones escritura extractada. Lebu, 14 de junio de 2024.