MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ABUGARADE E HIJOS LIMITADA

RUT 77205560-9 CVE 2507256
Fecha instrumento
11 de junio de 2024
Notaría
Providencia

Instrumento

Fecha
11 de junio de 2024
Repertorio
3886/2024
Comuna
Providencia

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
EDUARDO JOAQUÍN ABUGARADE FABRES socio 7989521-0 Región

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, Notario Santiago, Titular de la Primera Notaria Providencia, Avenida Providencia 1777, certifico: Por escritura pública otorgada ante mí, el 11 de Junio de 2024, Repertorio N° 3886/2024, don EDUARDO JOAQUÍN ABUGARADE FABRES, CI Nº7.989.521-0, con domicilio en Av. Perú 602, depto.704 Recoleta, Región Metropolitana; doña YOLANDA DEL CARMEN ABUGARADE FABRES CI. Nº6.693.970-7, con domicilio en Hamburgo 1740 Ñuñoa, Región Metropolitana; doña LAURA VIVIANA ABUGARADE FABRES CI. Nº7.989.520-2, con domicilio en Vicuña Mackenna 567 depto. A Santiago, Región Metropolitana; y doña MARÍA ROSA ABUGARADE FABRES, CI. Nº9.001.438-2, con domicilio en José Diego Benavente 266, Ñuñoa, Región Metropolitana, modifican la sociedad “ABUGARADE E HIJOS LIMITADA” o “VERÓNICA LTDA”, RUT Nº77.205.560-9, inscrita a fojas 23.856 número 19.168 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1998, en el siguiente sentido: UNO) A contar del fallecimiento de su padre y socio don EDUARDO JOSE ABUGARADE CONTRERAS, se modifica la composición de los socios y su participación societaria, los únicos y actuales socios de la Sociedad “ABUGARADE E HIJOS LIMITADA” o “VERÓNICA LTDA”, son don EDUARDO JOAQUÍN ABUGARADE FABRES, doña MARÍA ROSA ABUGARADE FABRES, dona LAURA VIVIANA ABUGARADE FABRES, y doña YOLANDA DEL CARMEN ABUGARADE FABRES, quienes participan del capital social en partes iguales, correspondiéndoles a cada uno el 25%. DOS) Se modifica la Administración y el Uso de la Razón Social, ésta le corresponderá a don EDUARDO JOAQUÍN ABUGARADE FABRES, y/o a doña MARÍA ROSA ABUGARADE FABRES, y/o a doña LAURA VIVIANA ABUGARADE FABRES y/o a doña YOLANDA DEL CARMEN ABUGARADE FABRES, quienes actuando en forma conjunta o separada e indistintamente, por la Sociedad la representarán con las mismas facultades contenidas en la señalada cláusula Séptima del pacto original, las que se entienden entera y expresamente reproducidas en este instrumento, y declaran que mantienen la limitación de la responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Otras estipulaciones que no son materia de este extracto constan en escritura extractada. Santiago, 11 de Junio de 2024.