CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Servicios de Administración ABVS Limitada

CVE 2506659
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
10 de junio de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
10 de junio de 2024
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Duración
La sociedad durará el plazo de cinco años contados desde esta fecha, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales, si alguna de las partes no manifiesta su voluntad de ponerle término

Objeto social

la prestación de servicios de asesorías y consultorías en materias comerciales y financieras conforme a la profesión de los

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderá a Arie Joel Bacal Guinguis y a Paola Vanessa Signorelli Dintrans

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario titular de la 43° Notaría de Santiago, Huérfanos 835, piso 18, certifica: Por escritura pública de fecha 10 de junio de 2024, N° Rep N° 17.539-2024, ante mí, Arie Joel Bacal Guinguis y Paola Vanessa Signorelli Dintrans, ambos domiciliados en Avenida Las Condes N°10.465, oficina 701, Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada “Servicios de Administración ABVS Limitada”, pudiendo usar como nombre de fantasía para efectos de promoción el de “ABVS Ltda.”. Objeto: la prestación de servicios de asesorías y consultorías en materias comerciales y financieras conforme a la profesión de los socios. Capital: $1.000.000, enterado y pagado en dinero efectivo de la siguiente forma: a) don ARIE JOEL BACAL GUINGUIS aporta y entera $500.000.- equivalente al 50% de los derechos sociales; y b) doña PAOLA VANESSA SIGNORELLI DINTRANS aporta y entera $500.000.- equivalente al 50% de los derechos sociales. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderá a Arie Joel Bacal Guinguis y a Paola Vanessa Signorelli Dintrans. Duración: La sociedad durará el plazo de cinco años contados desde esta fecha, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales, si alguna de las partes no manifiesta su voluntad de ponerle término. Demas estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 de junio de 2024.