MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Santa Ignacia Limitada

RUT 78077530-0 CVE 2506791
Fecha instrumento
24 de abril de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
24 de abril de 2024
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 24 de abril de 2024, Repertorio número 12.304-2024, ante mí: don Juan Luis Ovalle Larraín, doña María Ignacia Ovalle Larraín, doña María Elvira Ovalle Larraín, doña María Elvira Larraín León y don Juan Luis Ovalle Undurraga, todos domiciliados para estos efectos en Avenida El Golf N°99, oficina 701, comuna de Las Condes, en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad INVERSIONES SANTA IGNACIA LIMITADA, inscrita a fojas 4.474, N°2.201 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1991, en adelante también la “Sociedad”, acordaron modificarla en el siguiente sentido: 1) Autorizando y materializando la donación de los derechos sociales de Inversiones Santa Ignacia Limitada de doña María Elvira León a sus tres únicos hijos don Juan Luis Ovalle Larraín, doña María Ignacia Ovalle Larraín y doña María Elvira Ovalle Larraín, según consta en escritura extractada. 2) Reemplazando íntegramente el artículo quinto de los estatutos de Inversiones Santa Ignacia Limitada, relativo al capital social, por el siguiente: “QUINTO: Uno. El capital de la sociedad es la cantidad de doscientos treinta y cuatro millones cuatrocientos sesenta y dos mil quinientos cincuenta y dos pesos, el que ha sido aportado y pagado íntegramente por sus únicos socios de la siguiente forma y proporciones: i) don Juan Luis Ovalle Undurraga, ha aportado la cantidad de setenta y seis millones ochocientos noventa y seis mil setecientos veinticuatro pesos, equivalente al treinta y dos coma ocho por ciento del capital e interés social; ii) doña María Elvira Ovalle Larraín, ha aportado la cantidad de cincuenta y dos millones quinientos veintiún mil novecientos cuarenta y dos pesos, equivalente al veintidós coma cuatro por ciento del capital e interés social; iii) don Juan Luis Ovalle Larraín, ha aportado la cantidad de cincuenta y dos millones quinientos veintiún mil novecientos cuarenta y tres pesos, equivalente al veintidós coma cuatro por ciento del capital e interés social; y, iv) doña María Ignacia Ovalle Larraín, ha aportado la cantidad de cincuenta y dos millones quinientos veintiún mil novecientos cuarenta y tres pesos, equivalente al veintidós coma cuatro por ciento restante del capital e interés social. Dos. Doña María Elvira Ovalle Larraín es plena propietaria del trece coma treinta y cuatro por ciento de los derechos sociales y nuda propietaria del nueve coma cero seis por ciento de los derechos sociales. Tres. Don Juan Luis Ovalle Larraín es pleno propietario del trece coma treinta y cuatro por ciento de los derechos sociales y nudo propietario del nueve coma cero seis por ciento de los derechos sociales. Cuatro. Doña María Ignacia Ovalle Larraín es plena propietaria del trece coma treinta y cuatro por ciento de los derechos sociales y nuda propietaria del nueve coma cero seis por ciento de los derechos sociales. Cinco. El usufructo del veintisiete coma dieciocho por ciento de los derechos sociales le corresponde a doña María Elvira Larraín León, hasta la fecha de su fallecimiento.”. En todo lo no modificado, rigen plenamente los estatutos sociales de la Sociedad, especialmente en cuanto a la limitación de la responsabilidad de los socios hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada Se facultó portador extracto para legalización. Santiago, 06 de junio de 2024.